La Audiencia decidirá en dos días los recursos a la sentencia de Rafael Gómez
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba prevé celebrar los días 22 y 23 de junio una vista para dilucidar los recursos presentados por las acusaciones y por la defensa del empresario, fundador de Unión Cordobesa (UCOR) y exconcejal del Ayuntamiento de Córdoba, Rafael Gómez, después de la condena a cinco años y tres meses de prisión, además de a pagar una multa de cerca de 112 millones de euros, por dos delitos contra la Hacienda Pública por impago de casi 29 millones de euros, según confirman a Europa Press fuentes judiciales.
En este sentido, el tribunal considera que la vista, solicitada tanto por la Abogacía del Estado en nombre de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, como por la defensa de Gómez, es “necesaria” para “dilucidar los diversos puntos de impugnación que se han planteado por las partes para combatir la sentencia” dictada en febrero por el Juzgado de lo Penal número 3, según señala en un auto, adelantado por 'Diario Córdoba'.
Al respecto, en dicho auto se apunta que “teniendo en cuenta la complejidad de esta causa y que algunas de las partes recurrentes pretenden modificar algunos pronunciamientos absolutorios de todos o parte de los acusados”, el tribunal establece el guión con el que se desarrollará la vista, “procurando siempre que esos acusados puedan defenderse personalmente ante la Sala de aquellas pretensiones condenatorias, para que así puedan ver tutelados judicialmente sus intereses legítimos”.
En concreto, la sentencia fue recurrida en su día tanto por la Fiscalía, como por la Abogacía del Estado, en relación a aquellas de sus pretensiones que no fueron recogidas, después de que el Ministerio Público había pedido 40 años de cárcel para Gómez por diez delitos, así como 19 años y tres meses para sus hijos por otros siete delitos.
Sin embargo, el juez estableció en su sentencia la pena de cinco años y tres meses de prisión para Rafael Gómez, al tiempo que absolvió a los hijos y la mujer, ésta en cuanto a la responsabilidad civil que pudiera tener como partícipe a título lucrativo. Mientras, la defensa de Gómez recurrió “en lo que le es desfavorable” al empresario e hizo hincapié en el error de la valoración de la prueba.
Cabe señalar que el auto de la Audiencia resume que tanto la Fiscalía, como la Agencia Estatal de la Administración Tributaria pretenden con sus recursos “la condena de personas que han sido absueltas” en la primera instancia, mientras que Rafael Gómez y las sociedades Arenal 2000 y 2001 “interesan la revocación de la sentencia para que se les absuelva de los pronunciamientos condenatorios que contiene la misma”.
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