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La Audiencia confirma las absoluciones para los tres acusados de la Cruz Blanca

El hermano Manolo entrando en la Audiencia de Córdoba, a una de las vistas del juicio. | MADERO CUBERO

Manuel J. Albert

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El hermano Manolo y otros dos trabajadores del hospital de día de los Hermanos Franciscanos fueron declarados inocentes de las acusaciones de abusos sexuales y malos tratos a disminuidos psíquicos

La Audiencia de Córdoba ha confirmado la absolución de Manuel Ortiz, el conocido como hermano Manolo y que dirigía el centro de atención a minusválidos de la Cruz Blanca, además de la de otros dos trabajadores que fueron acusados, como él, de abusos sexuales y malos tratos a disminuidos psíquicos. El hermano Manolo se enfrentaba a una acusación de ocho delitos de abusos sexuales y maltrato que pesaban contra él. La juez titular del Juzgado de lo Penal número 5 de Córdoba estimó que no se habían aportado pruebas suficientes para condenar al religioso. Sin embargo, el fiscal José Antonio Merlos, que es quien ha dirigido el proceso acusatorio, estima que durante el juicio se han aportado pruebas suficientes pero que no han sido convenientemente valoradas por la juez a la hora de redactar su sentencia. La Fiscalía recurrió la sentencia, pero la Audiencia ha dado la razón a la magistrada y ha confirmado las absoluciones.

La juez escribió en su sentencia que “tras haberse agotado todos los medios probatorios disponibles y procidentalmente admisibles que puedan emplearse, en base al deber de esclarecimiento que incumbe al juez, no llega a aclararse el supuesto hecho lo suficiente como para convencer al Tribunal de la concurrencia de los presupuestos negativos y positivos del juicio de imputación”. Es decir: no se han demostrado los hechos. No hay pruebas suficientes para sustentar una condena. Por ello, “el proceso penal debe concluirse, por razones de seguridad jurídica, con una declaración negativa de culpabilidad”. El fiscal Merlos entiende que se han producido dos errores por parte de la magistrada: el primero a la hora de valorar la prueba, que no se habría hecho de manera suficiente, y el segundo, a la hora de proceder, precisamente, a la valoración de la prueba.

El fallo judicial se produjo tras una extensa vista de ocho días y después de que la Fiscalía rebajase de 20 a 16 años la pena de cárcel que solicitaba contra el hermano Manolo, el fraile franciscano de la Cruz Blanca Manuel Ortiz. Junto al hermano Manolo estaban acusados otro religioso –el hermano Fermín- y un seglar, a los que se les pedían penas que suman los nueve años de cárcel, y que finalmente también han sido absueltos. En su escrito de acusación inicial, el fiscal pedía para él 20 años y medio de cárcel para este fraile de los Hermanos de la Cruz Blanca.

El caso se destapó cuando la reina Sofía suspendió en octubre de 2009 su visita a la Casa de San Francisco de Asís, el centro de día que regentaba el hermano Manolo. Cuando solo quedaban horas para celebrarse, la cita quedó anulada. La Cruz Banca ya estaba siendo investigada por un presunto caso de abusos sexuales. Las pesquisas derivaron en la detención de un postulante a fraile que había trabajado en la casa. El imputado aceptó una pena de cinco años de cárcel tras declararse culpable de tres delitos de abusos sexuales a un discapacitado con 86% de minusvalía.

Para entonces, Manuel Ortiz y otros dos trabajadores (un religioso y un seglar) ya estaban imputados en otra investigación derivada de aquel primer episodio y que todavía iba a durar dos años más. Las pesquisas para sentar a los tres en el banquillo de los acusados arrancaron, de nuevo, con el envío de otra larga carta anónima en marzo de 2010, que daba cuenta detallada de nombres, lugares y episodios de abusos por los que han sido juzgados.

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