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Aprobadas las ayudas de 900 euros de alquiler para empresarios de la noche y de 1.200 para el ocio infantil

Imagen de archivo de una discoteca.

Redacción Cordópolis

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El Consejo de Gobierno ha aprobado este martes el decreto ley con carácter extraordinario que incluye medidas dirigidas a los trabajadores autónomos, que podrán acogerse a ayudas a tanto alzado de 900 euros, con carácter general, que llegarán a 1.200 euros en los sectores del ocio nocturno e infantil, para cubrir los gastos de arrendamiento que tienen que afrontar en sus negocios.

Así lo ha trasladado el vicepresidente de la Junta, Juan Marín, en la rueda de prensa que ha ofrecido junto al presidente, Juanma Moreno, tras la reunión del Consejo de Gobierno, que esta semana se ha desplazado hasta localidad jiennense de Úbeda.

En este marco, Marín ha explicado que estas ayudas tienen como destino “trabajadores por cuenta propia o autónomos que desarrollen su actividad en un local de negocio, establecimiento arrendado en Andalucía, y que especialmente se hayan visto afectados por las graves consecuencias económicas generadas por esta pandemia”. “Son negocios que, muchos de ellos, no han tenido ni siquiera la oportunidad de abrir durante todos estos meses”, ha precisado.

En el caso de los autónomos de los sectores del ocio y esparcimiento, incluido el infantil, se valoran las pérdidas económicas que están sufriendo por el cierre continuado de sus negocios para incrementar la ayuda destinada al colectivo con carácter general.

Con un presupuesto inicial de nueve millones de euros, el decreto establece que se pueden ampliar posteriormente los créditos disponibles en el caso de que se agote la ayuda y sin necesidad de abrir nuevas convocatorias de incentivos. Por ello, se prevé que beneficie inicialmente a unos 9.400 trabajadores autónomos.

Así, Marín ha indicado se establece una línea 1 destinada a trabajadores por cuenta propia, que alcanza los 900 euros y cuenta con un presupuesto de siete millones de euros; por su parte, la línea 2, destinada a autónomos del sector del esparcimiento y establecimientos recreativos infantiles, alcanza los 1.200 euros y cuenta con un presupuesto de dos millones de euros.

Excluídos los autónomos societarios

Podrán ser beneficiarios de la ayuda los autónomos con domicilio social en Andalucía que estén dados de alta en el Régimen Especial de Seguridad Social del colectivo a fecha de 14 de marzo, cuando se declaró el estado de alarma, y que mantengan el alta cuatro meses desde la fecha de inicio de la convocatoria de ayudas.

También se establece como requisito que en el ejercicio fiscal de 2019 las bases liquidables general y de ahorro en el IPRF no superen 5,5 veces el Indicador de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) de 2020 (41.357,74 euros) si presentan declaración individual, o siete veces el IPREM (52.637,13) si presentan declaración conjunta. Se excluye también a los autónomos societarios (aquellos que han constituido una empresa o sociedad mercantil).

Para solicitar la ayuda, los autónomos deben ser arrendatarios del local de negocio o establecimiento en el que desarrollan su actividad, y se exige que la fianza se haya depositado en la Agencia de Vivienda de Rehabilitación de Andalucía (AVRA). Se excluyen aquellos arrendamientos que forman parte de la vivienda habitual del solicitante.

En el caso de la línea 2, se mantienen los requisitos mencionados y se establece que su actividad debe estar incluida en los CNAE correspondientes a

'establecimientos de bebidas' u 'otras actividades recreativas y de

entretenimiento'.

La tramitación de las solicitudes solo se podrá realizar de forma telemática y se ha establecido un procedimiento ágil a través de declaraciones responsables de cumplimiento de los requisitos establecidos. Habrá un plazo máximo de dos meses para resolver la resolución.

Asimismo, se fija el pago del 100% de la ayuda al beneficiario a través de transferencia a su cuenta bancaria. El plazo para presentar las solicitudes será de 20 días hábiles a contar desde la publicación en BOJA del extracto de la convocatoria de la línea de ayudas. Esta subvención es compatible con el resto de ayudas que recibe el colectivo, salvo que por el mismo concepto de arrendamiento del local reciban ya una ayuda superior a la fijada de 900 euros.

Según los últimos datos disponibles de agosto, Andalucía cuenta con 544.065 autónomos afiliados al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y es la segunda comunidad en número de trabajadores por cuenta propia, solo superada por Cataluña. Además, absorbe el 16% de todo el colectivo a nivel nacional. Pese a la pandemia, acumula un crecimiento de 8.446 autónomos afiliados al RETA en el último año, aunque hay que considerar que todos los trabajadores por cuenta propia que se han acogido al cese de actividad aún siguen estando dados de alta en su régimen de la Seguridad Social.

Por otro lado, en este mismo decreto ley se incluye, por parte de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, la modificación del artículo 28 de la Ley 9/2016, de 27 de diciembre, de Servicios Sociales de Andalucía, con el objetivo de simplificar las fases del procedimiento de reconocimiento de la dependencia, así como la elaboración de la propuesta del Programa Individual de Atención (PIA), y reducir los tiempos de espera entre la presentación de la solicitud y la emisión de su resolución.

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