Absuelto de un delito de lesiones contra su pareja
La Fiscalía solicitaba un año de cárcel pero la víctima se acogió a su derecho de no declarar
Un hombre ha sido absuelto del delito de lesiones contra su mujer en un juicio rápido celebrado en el Juzgado de los Penal 4 de Córdoba. La Fiscalía solicitaba un año de prisión y la defensa, representada por Marcos Santiago Cortés, la libre absolución.
En la vista, la denunciante y pareja del acusado se acogió a su derecho a no declarar. Pero los testigos no aportaron más datos a la causa, señala la sentencia. Ni los agentes de la Policía Nacional que identificaron al acusado ni una testigo aportada por la acusación. Se trataba de una cuñada de la presunta víctima que dijo que “el acusado la había golpeado con una mesita, sin más indicaciones”.
La sentencia reconoce que “es cierto que se certifican lesiones leves a la víctima”, pero subraya que en el informe en que se recoge no constan causas claras que pudieron haberlas provocado. La sentencia prosigue subrayando que “no se ha practicado prueba de cargo de tipo alguno en el proceso, siendo insuficiente la reproducción documental para fundar la condena penal pretendida”.
En definitiva, sentencia, “tras la prueba practicada no ha quedado desvirtuado el derecho a la presunción de inocencia que ampara a todo acusado y procede, por tanto, su absolución”.
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