El Consorcio de Bomberos está que arde (II)
Como lo prometido es deuda, aquí tienen ustedes la segunda y última entrega del culebrón en el que se ha convertido el Consorcio Provincial de Prevención y Extinción de Incendios de la Diputación Provincial de Córdoba. Si la semana pasada analizábamos las causas del desaguisado que padece el referido organismo y sopesábamos las presuntas responsabilidades de sus miembros directivos, en el presente artículo pretendo abordar el futuro devenir de la institución, así como profundizar en su sistema de organización y financiación.
Para analizar la difícil coyuntura por la que atraviesa el Consorcio, se constituyó en el seno de la Diputación Provincial una comisión que tenía por objeto estudiar la viabilidad de aquél. Oficialmente, poco ha trascendido de la misma pero, a tenor de las pocas propuestas que se filtraron a la luz pública, todo parecía indicar que el equipo de gobierno iba a apostar por una mayor participación de los Ayuntamientos en la financiación del organismo autónomo. Hasta la fecha, mientras que la Diputación había asumido el 60% de las cargas financieras de la entidad y los Ayuntamientos sólo el 40% restante, se proponía ahora un reparto que prácticamente queda en el 50%. Ante esta declaración de intenciones, rápidamente, los portavoces de los grupos Socialista e Izquierda Unida en la Diputación, Salvador Blanco y Francisco Martínez, respectivamente, denunciaron ante los medios de comunicación el este nuevo enfoque por el excesivo castigo que supondría a las ya de por sí debilitadas arcas de los Ayuntamientos de nuestra provincia. Finalmente, el consenso se ha impuesto entre todas las partes y, por unanimidad, el Consejo Rector y la Junta General del Consorcio han acordado mantener el porcentaje de participación que ya existía aunque, para hacer frente a las deudas sociales y tributarias de la entidad, el presupuesto de la misma se ha incrementado hasta superar los 15 millones de euros, circunstancia que, indirectamente, supone también un aumento en la aportación de los municipios de la provincia.
Si bien me alegro por el necesario y oportuno acuerdo alcanzado, creo necesario analizar el sistema de organización y financiación del Consorcio de Bomberos en nuestra provincia porque, precisamente de él, derivan muchos de los problemas y debates que ha sufrido la entidad instrumental. Para los lectores que ignoren cómo se determina la aportación de los distintos Ayuntamientos al Consorcio, cabría aclarar que ésta viene determinada, principalmente, por el número de habitantes. Así pues, el incremento del presupuesto recientemente acordado apenas tendrá repercusión en la aportación que corresponde satisfacer a los municipios pequeños y medianos ya que su participación porcentual en las cuentas totales del Consorcio es mínima. Por el contrario, el aludido incremento sí que tendrá mayor trascendencia en los municipios de más de 20.000 habitantes que, precisamente, son también aquéllos en los que se ubican la mayoría de los Parques de Bomberos diseminados por el mapa de nuestra provincia. Si tenemos en cuenta que el artículo 26.1 c) de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, obliga a los municipios de más de 20.000 habitantes a prestar un “servicio de extinción de incendios y salvamento”, la actual configuración del Consorcio de Bomberos es más que rentable para los Ayuntamientos de estos municipios ya que cumplen con el mandato legal disfrutando en su territorio de una instalación y de un personal que jamás podrían mantener con las cuotas anuales que han abonado o tendrán que abonar al Consorcio. Teniendo esto en cuenta, surge una obligada pregunta: ¿por qué el Consorcio de Bomberos adoptó entonces una organización que beneficia a los municipios más grandes cuando la razón de ser de la Diputación es precisamente la opuesta?; ¿Por qué han criticado entonces los portavoces de PSOE e IU la posibilidad de un incremento en el porcentaje de la aportación municipal cuando éste sólo afectaría significativamente a los Ayuntamientos de más de 20.000 habitantes que, de por sí, ya son los grandes beneficiados con la actual organización del Consorcio? La respuesta a ambas cuestiones es simple y breve: los alcaldes de los grandes municipios de la provincia son “barones” territoriales en sus organizaciones y, debido a su peso político, influyen en las actuaciones y decisiones de sus respectivos partidos en la institución provincial, ya sea en labores de gobierno, ya en funciones de oposición.
Por último, respecto al debate originado sobre el posible cierre o reducción horaria del parque de La Carlota y el despido de 12 bomberos interinos, es buena noticia saber que también ha quedado definitivamente enterrado pues un servicio tan delicado e importante para la vida humana como el que presta el Consorcio ha de llevarse a cabo con las mayores garantías posibles. No obstante, vuelvo a sorprenderme con la transformación que las organizaciones políticas experimentan según se hallen en gobierno o en oposición. Cuando, hace poco más de un año, ejercía como diputado provincial y solicitaba información sobre el retraso en la apertura que soportaba la referida instalación de La Carlota, los dirigentes socialistas afirmaban, tanto en el Consejo Rector del Consorcio como en el Pleno de la Diputación, que la entrada en funcionamiento de aquélla “no era urgente” pues el servicio estaba ya más que cubierto con los Parques existentes. No obstante, ahora que están en oposición, los alcaldes socialistas de los municipios circunscritos en el ámbito de actuación del Parque carloteño emiten un bando en el que ordenan a sus ciudadanos que “no sufran ningún tipo de percance en las horas de la noche” ante la posibilidad de que la referida instalación sólo estuviera operativa en horario diurno. Para fundamentar sus reivindicaciones, argumentan el incumplimiento del Plan Director de los Servicios de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento en Andalucía. En dicho Plan, se establece una distribución de los diferentes tipos de parques en cada provincia para que todas las poblaciones cuenten con la prestación de este servicio en un tiempo de respuesta no superior a 20 minutos. Teniendo en cuenta que el citado Plan está vigente desde 10 de octubre de 2007, ¿por qué antes su incumplimiento no tenía la importancia que actualmente le otorgan? Incongruencias, una más, de la vida (política)
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