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Córdoba CF
El Juzgado desestima la impugnación contra la rendición de cuentas del administrador concursal del Córdoba CF

Francisco Estepa, durante su etapa como administrador concursal

Cristian López

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Nuevo capítulo resuelto -en cierta manera- en torno a la amplia telaraña de asuntos judiciales que giran alrededor del Córdoba CF. En este caso, de nuevo referido al último concurso de acreedores del club, que estuvo gestionado por una administración concursal y que finalmente derivó en la venta de la unidad productiva a Unión Futbolística Cordobesa, actuales gestores de la entidad blanquiverde. En este sentido, una novedad se ha conocido este mismo martes, referente a una demanda abierta y realizada por parte de Sanivo Abogados, es decir, la entidad mercantil de Magdalena Entrenas, exconsejera del club, y el propio Córdoba CF SAD, en manos de Carlos González, y presentada en marzo del pasado año, en ambos casos en oposición a la rendición de cuentas presentada por la Administración Concursal de la entidad concursada.

Frente a dicha petición de impugnación se opuso esencialmente la Administración Concursal por “considerar ajustada a derecho su actuación y conforme al cometido recibido”. Asimismo, a fin de esclarecer los hechos, se decidió realizar un interrogatorio a Alejandro González, como administrador del Córdoba CF SAD, quien manifestó “en relación a la parte numérica que el administrador concursal envió un documento que decía que era la contabilidad, que los saldos del libro de cuentas son difíciles de descifrar, que ellos quieren saber con certeza lo ocurrido con la administración concursal”, además de que “la concursada no se entera con la documentación recibida y entiende que los acreedores tampoco se enteren porque tienen más limitaciones para saber datos sobre la venta de la unidad productiva y demás créditos de la entidad”.

Así las cosas, tal y como ha adelantado 'La Jugada de Córdoba' de Canal Sur y ha podido confirmar igualmente CORDÓPOLIS, el Juzgado de lo Mercantil ha decidido desestimar la impugnación/oposición a la rendición de cuentas de la Administración Concursal y se imponen las costas procesales, por igual, a las partes impugnantes, la entidad Sanivo Abogados y la entidad mercantil concursada Córdoba CF SAD. Eso sí, hay que puntualizar que dicha sentencia no es firme y que contra ella cabe la interposición de recurso de apelación ante la Audiencia Provincial. Según ha podido saber CORDÓPOLIS, las partes demandantes recurrirán dicha sentencia.

En el texto de la misma, al que ha tenido acceso este periódico, se expone que “si la rendición de cuentas consiste en una explicación detallada, clara y veraz de la actuación de la administración concursal, la aprobación o desaprobación de dicha rendición de cuentas deberá limitarse a comprobar si la que se presenta cumple con tales requisitos”, añadiendo a continuación que “no se puede considerar que la Administración Concursal haya causado un perjuicio, ni económico ni jurídico, con su actuación a la concursada ni al resto de acreedores o terceros interesados en el concurso litigioso en autos”.

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