Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.
La portada de mañana
Acceder
Lee ya las noticias de mañana

El TSJA tumba parte del plan de Colecor y anula dos de sus artículos

Naves de Colecor, construidas de forma irregular por Rafael Gómez. | MADERO CUBERO

Alfonso Alba

0

El alto tribunal andaluz le da la razón a la Junta de Andalucía, que recurrió el plan especial de la carretera de Palma del Río

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) le ha dado la razón a la Junta de Andalucía y ha tumbado el plan especial de la carretera de Palma del Río, que preveía la regularización del entorno de las naves de Colecor. Según la sentencia, a la que ha tenido acceso este periódico, se declaran “nulos” dos artículos del plan especial de la carretera de Palma del Río, el 14 y el 20, “dada su inadecuación al orden jurídico”.

El alto tribunal andaluz ha anulado, de esta manera, el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Córdoba en el que votaron de forma unánime todas las formaciones el 11 de diciembre de 2012: PP, dos concejales de UCOR, IU y PSOE. En el proceso, impugnado por la Junta, se había personado para defender sus intereses el Ayuntamiento y Arenal 2000, propiedad del concejal Rafael Gómez Sandokán y la constructora que levantó de forma irregular 40.000 metros cuadrados de naves industriales en la antigua fábrica de Colecor.

El argumento esgrimido por el TSJA es el mismo que el defendido por la Junta de Andalucía y además se basa en la sentencia de 2008 del Tribunal Supremo que ya anuló el primer plan especial de la carretera de Palma del Río. En concreto, los artículos 14 y 20 del plan especial que se anulan se corresponden con los usos que se le pretendía dar a las naves en un futuro. En concreto, y los usos que según el TSJA van contra el ordenamiento jurídico, son los industriales y comerciales. El TSJA le da la razón a la Junta de Andalucía al argumentar que las naves se construyeron sobre una zona no urbanizable, que seguirá siéndolo y sobre la que no caben esos usos en unas dimensiones tan grandes como los de las naves de Colecor. Los usos permitidos para la zona son los rurales, insiste el TSJA.

La Junta decidió llevar a los tribunales el plan de Colecor a pesar de que el PSOE había votado en el Ayuntamiento de Córdoba a favor de su aprobación definitiva. En concreto, fue el exconsejero de Agricultura y Medio Ambiente, Luis Planas, el que decidió poner el caso en manos de los abogados del Gobierno andaluz.

La Junta fundamentó su demanda en dos razones básicas. Por un lado, el Plan Especial de protección de la Carretera de Palma del Río introduce un nuevo uso, “industrias y almacenaje incompatibles con el suelo urbano”, que no está permitido por el Plan General de Ordenación Urbanística (PGOU) de Córdoba para el ámbito donde se ubicaron las industrias históricas, calificado como suelo no urbanizable de especial protección de la Vega del Guadalquivir. Por otro, dicho Plan establece un nivel de ocupación muy superior al que disponían las edificaciones históricas ubicadas en esta zona, que resulta no justificado en relación con la protección de la Vega, argumenta el departamento que dirigía el cordobés Luis Planas.

La Junta considera que el Plan Especial se ha excedido en las facultades que le otorga la legislación urbanística para la regulación de los usos prohibidos y permitidos por el Plan General, debiendo limitarse a “precisar y complementar” sus determinaciones. En este sentido se expresó la propia sentencia recaída sobre el Plan Especial anteriormente anulado, que señala que éste no puede contradecir ni desconocer las prohibiciones de uso que establece el PGOU, y que la asignación de usos debe estar motivada y justificada, conforme a los criterios señalados en el PGOU, a las necesidades y características del terreno, y a la realidad física y natural presente.

Ahora, el futuro de la zona es más que difuso, y sobre todo incierto lo que pase con unas naves industriales que tras esta sentencia van a seguir siendo ilegales. Por su construcción, el Ayuntamiento de Córdoba le impuso a Arenal 2000 una sanción que ahora es de 20,8 millones de euros, la más alta jamás impuesta por una irregularidad urbanística en España.

EL AYUNTAMIENTO ANUNCIA QUE ACATARÁ LA SENTENCIA

El teniente alcalde de Urbanismo del Ayuntamiento de Córdoba, Luis Martín, ha informado que el gobierno municipal va a acatar la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) sobre el Plan Especial de la Carretera de Palma del Río, por lo que se ha decidido no presentar recurso, detalla el Consistorio a través de una nota de prensa.

Martín ha explicado que “el gobierno municipal apostó por la vía que podía concitar más consenso, como de hecho así sucedió, ya que que el Plan Especial fue aprobado por unanimidad de los cuatros grupos políticos con representación en el Pleno municipal (PP, UCOR, IU, PSOE)”.

El teniente de alcalde recordó que “venimos también de un procedimiento que se aprobó en la anterior corporación con los votos a favor de IU y PSOE” y “ahora volvemos al punto de partida, que nos lleva a pedir lo mismo que en su momento ya planteó el PP; y es que la Junta de Andalucía diga cuándo, dónde y cómo nos sentamos para solucionar este tema”.

De este modo, Martín ha propuesto a la Administración autonómica “que nos diga cuál es su visión de esta historia y en virtud del acuerdo que se pueda alcanzar solventar la situación”.

Etiquetas
stats