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Ratificada la condena de tres meses de prisión a una mujer por acosar a dos vecinos por el ruido que hacían

Fachada de la Ciudad de la Justicia

Alejandra Luque

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El Tribunal Supremo ha ratificado la condena de tres meses de prisión a una mujer de Córdoba por acosar a dos vecinos por el ruido que hacían en su vivienda. Aunque el matrimonio de ancianos negó en el juicio que realizara ruidos, la magistrado del Juzgado de lo Penal número 5 sí reconoció la existencia de un problema vecinal puesto que “sino no se explica” que la condenada fomulara denuncias ante el Ayuntamiento de Córdoba y llamara en varias ocasiones a la Policía Local, que acudió en distintas ocasiones al inmueble.

Según la sentencia a la que ha tenido acceso este periódico, la condenada vivía desde 2009 en Fátima con su esposo e hijos menores y en 2015 empezó a tener problemas con el matrimonio -defendido por el letrado Fernando Balaguer- que vivía en una planta superior después de que formulara una denuncia contra la pareja ante el Ayuntamiento de Córdoba y la Policía Local, debido a los ruidos “de movimientos de muebles y discusiones” que oía.

Según expuso la jueza, la acusada, “ante la situación que ella percibía que le impedía descansar y en estado de gran nerviosismo y profundo malestar, procedió a realizar diferentes actos de acoso contra” los vecinos, “colocando folios manuscritos en la cabina del ascensor del edificio, en el rellano del pasillo de la planta en la que viven y en la puerta de acceso al piso de los vecinos”.

Los carteles fueron colocados, fechó la magistrada, desde mayo de 2016 hasta noviembre de 2017, y en ellos se podían leer frases como “estoy hasta los cojones y habéis despertado a la niña, os importa un carajo que os llame la atención la Policía, esto es un infierno y un calvario que haya gente tan incívica y maleducada”.

Igualmente, y durante el tiempo indicado, la condenada subió “en numerosas ocasiones al domicilio” de los vecinos, “golpeando la puerta, pulsando el timbre por tiempo largo, incluso varios minutos, y diciendo: hijos de puta, abrir la puerta, dejad de hacer ruido, sinvergüenzas, cabrones”. Como consecuencia, el matrimonio ha experimentado un trastorno adaptativo ansioso depresivo.

La jueza de primera instancia dio por cierta la problemática vecinal entre estas tres personas aunque matizó que su conducta de hostigamiento “no puede quedar al margen del derecho penal” ni servir como motor para llevar a cabo este acoso. Por ello formuló una sentencia condenatoria aunque, eso sí, con una pena muy inferior a la solicitada por la acusación particular, que pedía 18 meses de prisión por dos delitos de acoso.

Así, la magistrada aplicó la atenunante de arrebato u obcecación ya que fue “la situación de profundo malestar” que vivía la acusada lo que motivó a que realizara dichos actos de hostigamiento. Junto a la pena de prisión, la mujer también fue condenada a indemnizar al matrimonio con 1.200 euros por daños morales.

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