Indemnización de 2.500 euros para una motorista y su hija menor tras sufrir una caída por las raíces de un árbol
El Ayuntamiento de Córdoba deberá indemnizar a una vecina que se cayó al suelo, junto con su hija menor, cuando ambas iban en moto por el Pasaje Pantoja. Según el fallo de la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Córdoba, el Consistorio deberá abonarle 2.590,62 euros, una cantidad sustancialmente inferior a los 5.339,22 euros inicialmente reclamados debido a una concurrencia de culpas y a la falta de acreditación de las facturas de reparación.
El siniestro se produjo cuando la demandante circulaba a escasa velocidad -apenas 10 km/h al estar saliendo de su garaje- a la altura del número 9 del Pasaje Pantoja de la capital cordobesa. En ese punto, la calzada presentaba una deformidad provocada por el empuje de las raíces de un árbol, lo que había levantado una placa de hormigón, generando un desnivel de unos cinco centímetros. Al pasar por encima, la conductora perdió el control del ciclomotor, yéndose al suelo junto a su hija menor.
Ante la falta de respuesta del Ayuntamiento de Córdoba a la reclamación de responsabilidad patrimonial por la vía administrativa, la afectada acudió a los tribunales para solicitar una indemnización. Aunque el magistrado le ha dado la razón, solo en parte, ya que ha considerado que la mujer conocía el lugar y debió haber sido más diligente. Así, la demandante residía a escasos metros de donde se ubicaba el resalte. Al ser un lugar de paso habitual de entrada y salida, el juez ha determinado que la conductora “debía conocer el mal estado de la calzada”. Además, dado que el accidente ocurrió a plena luz del día y circulando a velocidad reducida, el fallo ha concluido que la víctima “debió extremar las precauciones al circular por él o atravesarlo en su lugar de menor desnivel para así no perder el equilibrio”.
Pese a todo, el magistrado ha decretado una concurrencia de culpas al 50% entre el Consistorio y la conductora. En cuanto a la cuantificación económica, el tribunal ha validado íntegramente las indemnizaciones por las lesiones físicas de la madre (2.934,22 euros) y de su hija (1.285,56 euros), al estar respaldadas por informes de alta de Urgencias, así como los 36,30 euros correspondientes al coste de la elaboración del presupuesto del taller.
La controversia económica llegó con los daños materiales de la motocicleta. La demandante exigía el abono de la tasación pericial, incluyendo el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). No obstante, el magistrado ha recordado que el IVA es un tributo intrínsecamente ligado a una transacción real y efectiva de bienes o servicios. Al haber aportado únicamente un presupuesto y ninguna factura que acreditase el desembolso y la reparación real del vehículo, el juez ha denegado la inclusión de dicho impuesto.
De este modo, la suma total de daños personales y materiales quedó fijada en 5.181,24 euros. Al aplicarse la reducción del 50% por la concurrencia de culpas, la condena final impuesta al Ayuntamiento se situó en 2.590,62 euros, cantidad a la que se añadirán los intereses legales pertinentes.
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