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Un cordobés cancela más de 500.000 euros que debía gracias a la Ley de la Segunda Oportunidad

Ciudad de la Justicia.

Redacción Cordópolis

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Perder un empleo siempre es sinónimo de dificultades, tanto económicas como anímicas. Esto fue lo que vivió un cordobés allá por 2014, cuando la empresa en la que trabajaba quebró y él quedó desempleado. En apenas un año, su situación fue deteriorándose. Pese a su intento por negociar con las financieras, estas se mostraban reacias y las reclamaciones y amenazas de embargos tenían mayor fuerza.

Recibiendo una anotación de embargo sobre su vivienda, buscó orientarse un poco sobre el procedimiento de liberación de deudas conocido como “Ley de la Segunda Oportunidad”. Gracias a la asesoría de los abogados de la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, letrados y economistas expertos en la materia, decidió tramitar el procedimiento, según ha informado esta entidad a través de una nota de prensa.

Pepe Domínguez, abogado de la Asociación, explica el porqué de esta decisión: “Teniendo una vivienda a punto de ser embargada y una deuda muy superior a su valor, liquidar fuera del proceso supondría sólo compensar parte de la deuda. La Ley de la Segunda Oportunidad permite entregar ese bien a cambio del perdón de todo lo que debe. Además, ha podido vivir en él durante estos dos años sin pagar absolutamente nada”.

Conseguir el perdón de la totalidad de las deudas, incluidas de orden público

La primera actuación llevada a cabo en el expediente de M. L. fue la presentación de un preconcurso de acreedores. “Este escrito permite cesar la obligación de pago y frenar el embargo vigente hasta el final del procedimiento. El respiro económico desde entonces es muy importante” señala Domínguez.

Conforme a la antigua Ley Concursal, se tramitó el acuerdo extrajudicial de pago presentando una propuesta a los acreedores. La respuesta a este intento fue negativa. “Debido a la poca prosperidad de estos acuerdos, este trámite ha pasado a ser no obligatorio. Con la nueva reforma concursal, que entró en vigor el pasado 26 de septiembre, el proceso logra ser más rápido y menos costoso para los deudores” señala el letrado.

Esto es lo que permitió al deudor protagonista solicitar al Juzgado de Córdoba el perdón de sus deudas. Fue resuelto el pasado 26 de octubre por el Juzgado de lo Mercantil de Córdoba.

“La aplicación y alcance de la Ley de la Segunda Oportunidad quedó fuera de toda duda tras la sentencia emitida por el tribunal. El auto notificado por el magistrado encargado del caso, Antonio Fuentes, detallando la totalidad de deudas exoneradas es un ejemplo modelo de cómo se debe aplicar la nueva Ley Concursal”, detalla Domínguez.

La resolución de caso del caso detalla con minuciosidad los créditos que se incluyen en la exoneración:

  1. Créditos ordinarios y subordinados reconocidos
  2. Créditos no reconocidos en el listado, sean del tipo que sean, anteriores a la declaración del concurso
  3. Créditos de derecho público y créditos por alimentos con calificación de ordinarios y subordinados.

Requisitos de la Ley de la Segunda Oportunidad en Córdoba

Los requisitos para aquel que quiera acogerse al procedimiento son: insolvencia, no haber estado en concurso en los 5 últimos años ni haber sido exonerado en 10 y carecer de delitos de orden socioeconómico (estafa, alzamiento de bienes, falsedad documental…).

Comprobadas tales condiciones, el tribunal ha emitido el auto concediendo BEPI (Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho) al deudor. Con esto, queda exonerado de los 539.306,38 euros que debía. Esta sentencia deja sin posibilidades de cobrar absolutamente nada a los acreedores del asociado y salir inmediatamente de todo fichero de morosidad.

La Asociación de Ayuda al Endeudamiento cuenta ya con 105 exoneraciones en lo que llevamos de 2022. La Ley de la Segunda Oportunidad continúa creciendo y se espera una evolución mucho mayor tras la reforma concursal, que permite ciertos beneficios para el procedimiento. Todas las sentencias son de acceso gratuito en su web.

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