Condenado a trabajos sociales por coaccionar a su exnovia con la existencia de falsos vídeos íntimos
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba ha confirmado la condena a un hombre por un delito de coacciones en el ámbito de la violencia sobre la mujer. El tribunal considera probado que el acusado utilizó una estrategia de engaño y presión para intentar doblegar la voluntad de su expareja, con quien había finalizado una relación de tres años meses atrás.
Según la sentencia, un día de septiembre de 2025, el condenado se presentó en el lugar de trabajo de la víctima, una cafetería de Poniente Sur, tras haberle enviado el día anterior mensajes recriminatorios porque ella no respondía a sus llamadas. Una vez allí, le aseguró que existían vídeos de contenido íntimo de ella con otros hombres circulando por internet y le propuso “quedar en el centro y tomar una cerveza” para enseñárselos.
Sin embargo, no existían tales imágenes y todo era un engaño para forzar un contacto que su exnovia, que estaba realmente angustiada sobre la posible existencia de esos vídeos. En esos momentos, la víctima se encontraba ya en tratamiento psicológico desde abril de 2023 por una patología ansioso-depresiva derivada, precisamente, de su relación sentimental con el acusado
Por estos hechos, el hombre fue condenado, por la plaza número 6 de la Sección de lo Penal del Tribunal de Instancia de Córdoba, a 40 días de trabajos en beneficio de la comunidad o a siete meses de prisión. Además, se le impuso la prohibición de acercarse a la víctima a menos de 150 metros o a comunicarse con ella durante un año y siete meses, y otra prohibición del derecho a la tenencia y porte de armas durante dos años y tres meses.
Frente a este fallo, el condenado interpuso un recurso ante la Audiencia Provincial, quien solo ha estimado reducir esta última prohibición al no haber sido suficientemente motivada. En ese sentido, el tribunal ha estimado que el hombre no podrá tener acceso ni llevar armas durante un año y siete meses.
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