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Condenado a cuatro años un conductor que atropelló mortalmente a un anciano en Córdoba y huyó del lugar

Ciudad de la Justicia de Córdoba | MADERO CUBERO

Europa Press

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El conductor que atropelló en la capital cordobesa en septiembre de 2019 a un anciano, que resultó muerto al instante, y que se dio a la fuga, siendo detenido días después, ha sido ahora condenado por el Juzgado de lo Penal número cinco de Córdoba a cuatro años de prisión y a indemnizar con 275.000 euros a la viuda, los hijos y hermanos del fallecido.

Así lo recoge la sentencia del referido juzgado cordobés, a la que ha accedido Europa Press y en cuyo fallo se le condena, “como autor criminalmente responsable de un delito de conducción temeraria”, en concurso “con un delito de homicidio por imprudencia grave” y “sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de tres años de prisión”, y también a “la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante cinco años, lo que supone la pérdida definitiva del permiso”.

También recoge el fallo judicial la condena del conductor “como autor criminalmente responsable de un delito de abandono del lugar de los hechos”, y “sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de un año de prisión”, y a la “privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante dos años y seis meses, lo que supone la pérdida definitiva del permiso”, también en este caso.

Además, la sentencia, que no es firme y puede ser recurrida en apelación ante la Audiencia Provincial de Córdoba, también condena al acusado “al pago de las costas, incluidas las de la acusación particular”, que representa a la familia del hombre atropellado, a la que el conductor tendrá que indemnizar, “conjunta y solidariamente” con su compañía de seguros, “como responsable civil directa”, con los mencionados 275.000 euros, correspondiendo en concreto a la viudad 142.608 euros, y el resto a los hijos y hermanos del fallecido.

Por lo que respecta a los hechos probados, la sentencia establece que “sobre las 2,15 horas del día 22 de septiembre de 2019” el acusado “circulaba por la Avenida de la Libertad” de Córdoba “conduciendo el vehículo de su propiedad” y “haciéndolo a una velocidad excesivamente elevada cambiando continuamente de carril y zigzagueando”, llegando así a la Avenida de América, en dirección a la glorieta Ibn Zaydun, por el paso subterráneo de dicha glorieta que da acceso a la Avenida Escribá

Lubna“.

Lo hizo, en concreto, “a una velocidad notoriamente superior a la

permitida, de aproximadamente 70 km/h, prescindiendo de las mínimas normas de prevención exigibles a cualquier conductor, y más en una zona dónde existe visibilidad suficiente para observar que a la salida del túnel hay un paso de peatones regulado por semáforos“.

Sin embargo, el acusado, “despreciando las mínimas medidas de prevención exigibles, por circular a una velocidad notoriamente superior a la permitida y por no estar pendiente de las diferentes incidencias relativas a la circulación, no respetó el semáforo que le vinculaba, que estaba en rojo para los vehículos y en verde para los peatones en el momento en que cruzaba por la calzada, de izquierda a derecha en el sentido de la circulación del vehículo” el anciano “que resultó

atropellado“, y ”lo fue con tal violencia que el impacto desplazó“ al peatón ”a más de 23 metros, golpeando“ contra un vehículo aparcado.

Según recoge la sentencia, “como consecuencia de las lesiones producidas por el atropello por el vehículo conducido por el acusado, por su impacto contra el vehículo que se encontraba estacionado y también contra el suelo, se produjo la muerte casi instantánea” del peatón, “siendo la causa de la muerte un shock hemorrágico o secundario a politraumatismo severo”.

Después del atropello, el acusado, “siendo consciente de ello, detuvo durante un breve instante su vehículo y posteriormente se marchó del lugar, sin bajarse del coche y a gran velocidad, sin interesarse por las consecuencias del atropello, y no constando probado que posteriormente volviera al lugar”.

El acusado seguidamente “estacionó el coche en el garaje del edificio dónde reside e intentó reparar el espejo retrovisor derecho dañado, para evitar ser descubierto, mandándole mensajes a un conocido que trabajaba de mecánico para que le arreglase los daños”, si bien a esta persona, “las horas de los mensajes enviados por el acusado y la prisa” de éste “le hicieron sospechar” y “lo puso en conocimiento de un agente de Policía, quién, a su vez, lo puso en conocimiento de sus superiores, siendo el acusado detenido el día 24 de Septiembre de 2019, fruto de la investigación policial iniciada”.

Tras todo ello y una vez celebrado el juicio contra el conductor, éste ha sido condenado a los mencionados cuatro años de prisión, a la pérdida definitiva del permiso de conducir, al pago de la referida indemnización de 275.000 euros a los familiares del hombre fallecido y al pago de las costas.

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