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La Audiencia ordena demoler una casa ilegal construida en zona inundable de Córdoba

Imagen de archivo de una inundación en Córdoba

Alejandra Luque

1 de enero de 2025 21:20 h

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La Audiencia Provincial de Córdoba ha confirmado la condena a un vecino de Córdoba por un delito contra la ordenación del territorio después de construir una vivienda en suelo protegido en el término municipal de Córdoba que es, además, zona inundable.

La sentencia original, emitida por el Juzgado de lo Penal número 1 de Córdoba, lo condenó a un año y ocho meses de prisión, a una multa de 15 meses con una cuota diaria de seis euros y a la demolición de la vivienda construida ilegalmente. La casa en cuestión es de una planta y ocupa 60 metros cuadrados en una parcela de 1.000 metros cuadrados. Todo el terreno de la misma está calificado como suelo no urbanizable de especial protección, en zona inundable, por lo que se llevó a cabo sin licencia.

Según dicha sentencia, la obra comenzó en diciembre de 2017 y la Gerencia Municipal de Urbanismo (GMU) incoó un procedimiento sancionador en marzo de 2021. En enero de 2022, la Policía Local comprobó que la obra había terminado y que solo faltaba por enlucir la fachada, por lo que la GMU incoó otro expediente, esta vez, de restauración de la legalidad urbanística. Debido a la naturaleza del delito, la Gerencia presentó una denuncia ante el Ministerio Fiscal, lo que dio inicio a este proceso judicial.

Tras el fallo condenatorio del juzgado, el denunciado presentó un recurso ante la Audiencia Provincial alegando que con anterior a su vivienda existían “infinidad de edificaciones en la zona”, pero el tribunal ha rechazado este argumento, sosteniendo que “la existencia de otras construcciones ilegales no justifica la comisión de un delito”.

Además de la pena de prisión, la multa y la demolición de la vivienda, la Audiencia Provincial le ha impuesto la inhabilitación especial para el ejercicio de las profesiones de promotor y constructor durante dos años. La restitución al anterior estado de la parcela se ha valorado pericialmente en 5042, 61 euros. Contra esta sentencia cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

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