Un alto mando declara que el ejercicio de Cerro Muriano “no estaba estandarizado”, según la acusación
Dos coroneles, un teniente coronel y un comandante han comparecido este miércoles como investigados en la causa que tramita el Juzgado Togado Central número dos, con sede en Madrid, por la muerte del soldado Carlos León Rico, natural de El Viso del Alcor (Sevilla); y del cabo Miguel Ángel Jiménez Andújar, natural de Adamuz (Córdoba), en un ejercicio acometido el pasado 21 de diciembre en la base militar cordobesa de Cerro Muriano.
El abogado penalista y doctor en Derecho Luis Romero, que representa a la familia del difunto soldado Carlos León Rico; ha informado a Europa Press de que el coronel Tostón Méndez y el teniente coronel Zanfaño Hidalgo han comparecido ante el Juzgado Togado Central número dos, con sede en Madrid; mientras el coronel Navarro González y el comandante Velasco lo han hecho en el Tribunal Militar Segundo, con sede en Sevilla, pero siempre con relación a las actuaciones que tramita la primera de estas instancias judiciales.
Ello, después de que este pasado martes ya declarasen por segunda vez, también en calidad de investigados, el capitán Ignacio Zúñiga Morillas y el teniente Jaime Tato Garrido; toda vez que en esta causa también figuran en esa condición de investigados el sargento Gustavo Álvarez Estupiñán; cuya exclusión de la causa pide este letrado; y el sargento Castroviejo, citado para comparecer el día 22 de este mes.
El abogado Luis Romero ha explicado que a grandes rasgos, estos dos coroneles, el teniente coronel y el comandante han “eludido su responsabilidad” en los hechos, alegando que todo lo relativo a la organización de los ejercicios “dependía” del capitán Zúñiga, pesando en ese sentido que el coronel Navarro habría manifestado que él se había incorporado seis días antes a la base de Cerro Muriano y no tuvo “tiempo de conocer” las operativas y disposiciones en materias como los ejercicios, según su tesis.
El coronel Tostón Méndez, según el letrado, habría reconocido que a su criterio, el fatídico cruce del lago artificial de la base de Cerro Muriano saldado con estas dos muertes “no era normal para un plan básico de instrucción” como el que afrontaba la tropa sometida a dicha prueba, más aún tratándose de un lago donde no se hacía pie. El ejercicio en cuestión, “no estaba estandarizado”, según ha dicho Luis Romero citando la comparecencia de este coronel.
El comandante Velasco, según el letrado, habría relatado cómo intentó movilizar una unidad amfibia a cuenta de la situación suscitada en el lago artificial, si bien la base de Cerro Muriano ya no contaba con dicho dispositivo, extremo que este abogado de la acusación particular ha atribuido a “recortes presupuestarios” en el Ministerio de Defensa.
En el auto del juzgado del Juzgado Togado Militar número 21 de Sevilla de inhibición ante el Juzgado Togado Central, la citada instancia judicial expone que de lo actuado sobre el fallecimiento del soldado León Rico y del cabo Jiménez Andújar el pasado 21 de diciembre durante un ejercicio de cruce de un lago artificial en la base Cerro Muriano, “en principio se pudiera considerar que el fatídico resultado producido tuvo su origen en que las medidas de seguridad empleadas en orden a la correcta realización del ejercicio programado no cumplieron la función pretendida”.
Según el juez instructor, “en relación al ejercicio en una especie de lago artificial con una extensión de aproximadamente 2.200 metros cuadrados, por el capitán Zúñiga al momento de elevar a la superioridad el programa del periodo de instrucción en el que se incluía la actividad de cruce de río, no se hizo apreciación o valoración alguna respecto de aspectos muy importantes para realizar el ejercicio de forma segura y correcta, como son los consistentes en el punto en el que se iba a cruzar el lago y la extensión del recorrido; si era necesario nadar o no, para realizar el mismo -extremo este muy importante, pues de lo actuado resulta que para el ingreso como militar del Ejército de Tierra no se solicita a los aspirantes la superación de prueba de soltura acuática alguna-, pues no había previsión alguna en este sentido sobre la profundidad del tramo a recorrer-; o si se iba a emplear algún medio de flotación por los intervinientes en el ejercicio; o cualesquiera de las medidas de seguridad a emplear en su ejecución”.
Sin advertencias
Además, el juez instructor señala que “tampoco se advirtió nada en este sentido ni por el jefe de la Plana, ni por el coronel jefe de Regimiento al momento de realizar la labor de supervisión y autorización del ejercicio, tal y como resulta del informe del Estado Mayor de la Defensa y del informe del jefe del Regimiento La Reina Número Dos, en los que se recoge los cometidos respectivos de supervisión y autorización del ejercicio”.
De este modo, según el Juzgado Togado Militar número 21, la maniobra fue emprendida “sin contar con las medidas de seguridad necesarias para su realización, extremo que pasó inadvertido tanto por el capitán Zúñiga al momento de su planificación, como por sus superiores al momento previo de su ejecución, pues no hubo supervisión alguna en este sentido ni por el teniente coronel José Luis Zanfaño Hidalgo ni tampoco por el coronel Daniel Ángel Tostón Méndez”.
“Tampoco existió supervisión alguna al momento de su ejecución (del ejercicio), lo que competía al jefe del Regimiento La Reina, el coronel Manuel Navarro González, quien en fecha 15 de diciembre de 2023 relevó en el mando al coronel Tostón-, debiendo ser auxiliado, por el jefe de la Plana de Mando destinado a la fecha de realización del ejercicio el 21 de diciembre de 2023, que en base a lo manifestado por el capitán Zúñiga debía ser el comandante que a la referida fecha se encontraba como jefe de PLMM en sustitución del coronel Zanfaño”, precisaba el juez instructor.
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