La Universidad lanza ayudas de formación a refugiados ucranianos con ingresos inferiores a 720 euros al mes
La Universidad de Córdoba (UCO) ha lanzado una convocatoria de subvenciones dirigidas a personas refugiadas o solicitantes de asilo procedentes de Ucrania y que quieran realizar actividades formativas de la entidad académica o de servicios vinculados a la misma.
Los solicitantes deberán cumplir cuatro criterios. El primero, que su unidad familiar no supere los 720 euros al mes y, el segundo, tener, a fecha de fin de presentación de solicitudes, la condición de persona refugiada o solicitante de refugio o asilo temporal por ser personas afectadas por el conflicto en Ucrania. Además, los solicitantes deberán haber estado vinculados a alguna universidad ucraniana en el momento del conflicto. La edad mínima para solicitar estas ayudas son los 18 años.
La cuantía total de la subvención es de 15.000 euros y cada persona no podrá superar los 1.500 euros concedidos. El número máximo de acciones formativas que se subvencionan por persona beneficiaria será de siete y la ayuda adjudicada deberá emplearse en gastos de matrícula, tasas universitarias y/o material necesario para la realización de actividades objeto de la subvención.
Esta convocatoria tendrá cuatro llamamientos, cuyas fechas de finalización son el 15 de junio, el 1 de julio, el 1 de septiembre y el 1 de octubre.
Criterios de selección
Por otro lado, los criterios de selección son la titulación o nivel académico, el currículum vitae, la motivación personal para seguir la formación universitaria, investigadora o profesional; el tipo de vinculación con algún departamento o servicio universitario en Ucrania y otras circunstancias socioeconómicas y afectivas sobre el estado de exclusión o vulnerabilidad de la persona solicitante y su familia.
Con el fin de promover la igualdad de oportunidades y la inclusión de las personas con discapacidad, se reservará un 2% de la cuantía concedida en la convocatoria a personas con una discapacidad reconocida igual o superior al 33%, o equivalente.
Las solicitudes, junto con la documentación justificativa del cumplimiento de los requisitos, dirigidas a quien ostente la Dirección del Área de Cooperación y Solidaridad, se presentarán por la Sede Electrónica de la Universidad de Córdoba (https://sede.uco.es/) o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En el caso de no presentarse en el Registro General de la UCO, deberá enviar una copia escaneada de la solicitud presentada a area.cooperacion@uco.es.
Obligaciones de los beneficiarios
Entre las obligaciones señaladas por la UCO están la realización de la actividad que fundamenta la concesión de la subvención así como la presentación, en un plazo máximo de dos meses desde la finalización de los cursos realizados, el certificado correspondiente de superación.
En caso de que la persona beneficiaria de la ayuda no haya superado alguno de los cursos financiados, deberá pronunciarse sobre las causas de la falta de su aprovechamiento y la Comisión a la que hace referencia el artículo 7 de esta Convocatoria elevará a la persona que dirija el Vicerrectorado con competencias en Cooperación al Desarrollo un informe al respecto. La no superación podrá conllevar la suspensión de las ayudas concedidas e incluso su reintegro.
Esta convocatoria está financiada por el Ministerio de Universidades a través del Real Decreto 985/2022, de 22 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a determinadas universidades públicas y a la Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas en el ámbito del Plan de Acción Universidad-Refugio
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