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Los pensionistas cordobeses cobran de media 150 euros más al mes que hace dos años

Concentración de los pensionistas en el Ayuntamiento

Juan Velasco

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Los pensionistas cordobeses cobran de media unos 150 euros más al mes que hace justo dos años. Esta es una de las principales conclusiones del último informe del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, que analiza el gasto en pensiones abonado durante el pasado mes de mayo

Según este informe, un pensionista cordobés cobra una media de 1.048 euros cada mes (en 2022 eran 901 euros, y el año pasado 993). Se sigue bastante por debajo de la pensión media española, que se sitúa en 1.254,3 euros al mes, un 5% más que hace un año, y también de la andaluza, que es de 1.222 euros mensuales.

La estadística señala que en la provincia de Córdoba hay un total de 178.658 pensionistas que están cobrando algún tipo de prestación. Este número es un 1.53% superior al del año anterior. 

La mayoría, un total de 111.977 cordobeses, cobran una pensión de jubilación. La nómina media que reciben los jubilados es de 1200,25 euros al mes, según los datos del Ministerio.

Por otra parte, la nómina mensual de pensiones contributivas de la Seguridad Social alcanzó los 12.732,2 millones de euros el pasado 1 de mayo, que equivale al 11,5% del Producto Interior Bruto (PIB). Tres cuartas partes de la nómina de pensiones contributivas corresponden a pensiones de jubilación, como es habitual. En concreto, estas pensiones suponen el 73,1% de la nómina, 9.313,3 millones de euros. A pensiones de viudedad se han destinado 2.105,4 millones de euros, mientras que la nómina de las prestaciones por incapacidad permanente asciende a 1.108,4 millones; la de orfandad, a 171,1 millones de euros y la de las prestaciones en favor de familiares, a 34,1 millones.

De los 10,1 millones de pensiones contributivas abonadas, 6,5 millones son de jubilación, 2,3 millones son de viudedad, y el resto corresponden a pensiones de incapacidad permanente (953.936), orfandad (340.503) y en favor de familiares (46.097). El número de pensiones crece a un ritmo interanual del 1,3%.

En mayo, el número de pensionistas ha sido de 9,2 millones. De ellos, 4,6 millones son hombres y 4,5 millones, mujeres. La proporción de pensiones por pensionista se mantiene en 1,1 prestaciones por persona.

La pensión de jubilación es la principal para 6,3 millones de personas. De ellas, el 60% son hombres; en el caso de la pensión de viudedad, de los 1,5 millones de personas que la perciben como principal prestación, el 96% son mujeres. Por otra parte, hay 949.430 perceptores de incapacidad permanente, 322.571 de orfandad y 45.502 en favor de familiares.

Pensión media nacional

Como se ha mencionado al inicio, la pensión media del sistema se sitúa en 1.254,3 euros al mes, un 5% más que hace un año. La pensión media de jubilación, por su parte, es de 1.441,5 euros. Por regímenes, la pensión media de jubilación procedente del Régimen General es de 1.601 euros mensuales, mientras que la más baja la registra el Régimen de Autónomos, con 962,4 euros. En la Minería del Carbón, la media de jubilación mensual se sitúa en 2.804,17 euros, y es de 1.597,1 euros en el Régimen del Mar. La cuantía media de las nuevas altas de jubilación en el sistema ascendió en el mes de abril de 2024 (último dato) a 1.479,7 euros mensuales.

En mayo, la pensión media de viudedad, por su parte, alcanzó los 896,2 euros al mes. De las nuevas altas en los primeros meses del año (110.479), el 69% fueron con edad ordinaria (76.275), mientras que un 10,5% se corresponden a la modalidad de jubilación demorada, frente al 4,8% que suponían en 2019.

El número de jubilaciones anticipadas, por el contrario, se reduce considerablemente. En abril, el 30,9% de las nuevas altas han sido jubilaciones anticipadas, cuando hace un año eran el 41%.

La media de tiempo de resolución de los expedientes en abril (último dato disponible) fue de 8,45 días en el caso de la pensión de jubilación y de 9,61 días en el caso de las pensiones de viudedad. Hay que tener en cuenta que el plazo máximo de resolución en estos procedimientos, según el RD 286/2003 del 7 de marzo y el RD 1192/2021, de 3 de agosto, es de 90 días tanto en las prestaciones de jubilación como en las de viudedad.

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