El Ayuntamiento de Añora (PP), pueblo del 'niño lobo', prohíbe a IU proyectar la película sobre su vida para homenajearle
Tras el reciente fallecimiento de Marcos Rodríguez Pantoja, conocido como el 'niño lobo' de Sierra Morena al haber vivido solo en el monte durante varios años de su niñez y adolescencia en los que convivió con una manada de esta especie, la formación política de Izquierda Unida (IU) en el pueblo natal de Rodríguez Pantoja, Añora (Córdoba) había previsto rendirle homenaje este viernes 21 de agosto con la proyección de la película Entrelobos que cuenta su particular vida en el monte. Sin embargo, una resolución emitida por el gobierno municipal del PP en el Ayuntamiento de la localidad ha prohibido que se realice esta proyección.
La resolución -a la que ha tenido acceso Cordópolis-, está firmada este 20 de agosto por el primer teniente de alcalde del municipio por delegación de funciones de la Alcaldía. Y, en ella, se dice que, habiendo tenido conocimiento el Ayuntamiento de que Izquierda Unida había convocado para este viernes “la proyección de la película Entrelobos, homenaje a Marcos R. Pantoja” en el inmueble donde tiene su sede este partido político, ha resuelto prohibirla ante la falta de licencia para un acto de concurrencia pública.
Se da la circunstancia de que Izquierda Unida ha venido proyectando diversas películas a lo largo del verano en su sede, tal y como queda reflejado en los distintos anuncios previos a cada proyección que la formación ha hecho estas semanas atrás en su perfil en redes sociales y como han confirmado fuentes del partido a este periódico. Este viernes, quería rendir homenaje a Marcos Rodríguez Pantoja, que de niño fue dado por su padre a un pastor de la zona, en época de hambre en la posguerra, y consiguió sobrevivir solo y en convivencia con los lobos.
No obstante, la resolución dictada ahora por el Ayuntamiento con motivo del anuncio de la proyección de la película en homenaje al 'niño lobo', señala que la sede de la agrupación local de IU en Añora tiene licencia de uso como vivienda e indica que “teniendo en cuenta que dicho edificio no dispone de licencia de apertura de establecimiento de pública concurrencia de ningún tipo, ni licencia de utilización, no es legalmente posible la celebración de la actividad consistente en proyecciones de cine de verano, como se ha anunciado”.
El Ayuntamiento fundamenta esta resolución en la aplicación del Decreto 155/2018, de 31 de julio, por el que se aprueba el Catálogo de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de Andalucía donde se regulan sus modalidades, régimen de apertura o instalación y horarios de apertura y cierre, que incluye en el Catálogo incluido como anexo, “el espectáculo cinematográfico, y define como espectáculo público toda función o distracción que se ofrezca públicamente por una persona física o jurídica organizadora y se dirija a atraer la atención del público asistente”.
Prohibición y advertencia de sanción
Igualmente se hace constar que el art. 6.5 de la Ley 13/1999, de 15 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía (LEPARA), dispone que corresponde a los municipios la autorización de la celebración de espectáculos públicos o el desarrollo de actividades recreativas extraordinarias u ocasionales no sujetas a intervención autonómica, en establecimientos no destinados o previstos para albergar dichos eventos o cuando se pretenda su celebración y desarrollo en vías públicas o zonas de dominio público del término municipal. Y, sobre ello, se incide en que “Izquierda Unida de Añora no ha presentado en este Ayuntamiento ninguna solicitud de autorización de celebración en la vivienda de su propiedad la actividad anunciada”.
La decisión del Consistorio se ampa en que la LEPARA dicta que “corresponde a los municipios la prohibición o suspensión de espectáculos públicos o actividades recreativas, no sujetos a la intervención de la Administración autonómica” en supuestos como el de este caso.
Por todo ello, la resolución del primer teniente de alcalde de Añora ordena “prohibir la celebración por Izquierda Unida de la actividad de proyección de película Entrelobos en la vivienda de su propiedad (...) el próximo 21 de agosto de 2026, al pretender celebrar un espectáculo o actividad recreativa sin haberse sometido a los medios de intervención de la Administración competente”. “La presente prohibición se fundamenta al haberse anunciado una actividad abierta al público y en aplicación de la normativa”.
Y advierte que el incumplimiento de esta prohibición “dará lugar a la apertura de expediente sancionador por falta muy grave” tipificada en la Ley que fija sanciones por ello con multas de 30.050,61 euros a 601.012,10 euros.
Tras recibir esta resolución, Izquierda Unida estudia la suspensión de la proyección y el mantenimiento, en su lugar, de otro tipo de acto particular de la agrupación política que rinda homenaje a Marcos Rodríguez Pantoja.
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