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Lucha contra el fraude. Objetivos 2014

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Redacción Cordópolis

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Pues sí, aunque parezca mentira desde Hacienda emiten cada año las líneas directrices para el control del fraude fiscal. Plan Anual de Control Tributario y Aduanero, así se llama la criaturita con la que la Agencia Tributaria planifica sus actuaciones.

Criaturita que no nace de la noche a la mañana así porque sí, se asienta en lo realizado en años anteriores incorporando nuevas actuaciones y reforzando las existentes con anterioridad.

Es decir, que si tu sector de actividad se encuentra entre los objetivos de control de la Agencia Tributaria Estatal las probabilidades de ser inspeccionado se elevan (aunque como contribuyente no te enteras hasta que te reclamen documentación o recibas citación).

Para el 2014 se vertebra en torno a tres grandes ejes: la comprobación e investigación del fraude tributario y aduanero, el control del fraude en la fase recaudatoria y la colaboración entre la Agencia Tributaria y las Administraciones tributarias de las Comunidades Autónomas.

Hoy, y porque entiendo que son los que más nos pueden afectar al empresario/autónomo/ciudadano medio nos centraremos en:

La comprobación e investigación del fraude tributario y aduanero

Este tipo de comprobación se asienta en un sistema de tratamiento de la información que permite, por un lado, detectar obligados tributarios y operaciones con mayor riesgo fiscal y, por otro, una adecuada selección de los contribuyentes que serán objeto de control y de la colaboración cada vez más fluida entre las Administraciones Públicas, nacionales, regionales e internacionales.

Que qué es lo que van a seguir mirando, la correcta declaración de subvenciones recibidas, la imputación de ingresos de contribuyentes que ejerzan actividades profesionales o /o empresariales, signos externos de riqueza que no correspondan con nivel de rentas. Rentas, bienes o activos financieros radicados en paraísos fiscales o en territorios o países de baja tributación. Colaboración con órganos jurisdiccionales en los procesos judiciales por delitos contra la Hacienda Pública y en otros relacionados con el ámbito tributario. Y el contrabando de tabaco.

En especial, los sectores en los que se van a centrar son:

1. Economía sumergida. Cruce de información administraciones y registros públicos, flujos de fondos, actuaciones presenciales de comprobación, pagos de efectivo, alquileres no declarados, actividades de importación…

2. Fiscalidad internacional. Erosión de las bases imponibles y desviación de Beneficios, doble imposición, análisis de sociedades y mecanismos híbridos, pagos al exterior, operaciones con paraísos fiscales, residencias fiscales ficticias, precios de transferencia….

3. Economía digital. Se desarrollarán actuaciones dirigidas a la comprobación de la tributación de negocios que operen exclusivamente a través de la red. Y en especial, mediante la información disponible en internet para descubrir actividades ocultas, titulares de páginas web que tengan publicidad y no la tributen correctamente, control sobre aquellos fabricantes o prestadores de servicios que comercialicen sus bienes o servicios a través de Internet.

4. Planificación fiscal agresiva. Se mantiene el foco en aquellos contribuyentes con residencia fiscal en España que, con el objetivo de eludir o minorar el pago de impuestos, se sirvan de entidades o estructuras híbridas o fiduciarias o actúen mediante otras fórmulas de planificación agresiva. Se perseguirán aquellas actuaciones dirigidas al doble aprovechamiento de pérdidas o gastos; la generación de pérdidas mediante transmisiones de valores intragrupo; o el desvío de rentas de actividades económicas mediante la interposición de entidades sin ánimo de lucro.

5. Fraude Organizado. Tramas de fraude del Impuesto sobre el Valor Añadido en operaciones intracomunitarias. Contribuyentes acogidos al régimen de estimación objetiva (emisión de facturas falsas y división artificial de la actividad).

6. Prestación de servicios de alto valor. Especial seguimiento para actividades profesionales, en especial en los que tradicionalmente se utiliza el cobro en efectivo.

7. Control sobre operaciones, regímenes jurídico-tributarios, obligados tributarios y sectores de actividad específica.

8. Control de productos objeto de Impuestos Especiales.

9. Control de los impuestos medioambientales.

10. Control aduanero.

11. Prevención y represión del contrabando, narcotráfico y blanqueo de capitales.

Ya sabéis, a buen entendedor, pocas palabras bastan. O si lo prefieren, cuando las barbas de tu vecino veas cortar...

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