La Policía Local empezará a multar en septiembre por infringir la Ordenanza de Convivencia
La Policía Local de Córdoba activa desde el próximo martes 1 de septiembre la fase de imposición de las sanciones previstas por quebrantar la conocida como Ordenanza de Convivencia. La norma impulsada por el gobierno municipal, que contempla multas de hasta 3.000 euros en el caso de las infracciones muy graves, fue aprobada de forma definitiva sin el voto en contra de ninguna de las formaciones políticas representadas en el Pleno del Ayuntamiento y tras una amplia negociación con los colectivos sociales y vecinales.
La normativa prohíbe el consumo de alcohol en los espacios públicos a los menores de edad, así como la concentración de personas para el consumo de bebidas en la calle fuera de las zonas y fechas establecidas oficialmente por el Ayuntamiento con motivo de fiestas populares. De igual modo, se restringe la venta de bebidas alcohólicas por parte de establecimientos comerciales fuera del horario establecido para ello 一límite a las 22:00一 y se persigue que los negocios de hostelería no dispensen bebidas alcohólicas para ser consumidas fuera del establecimiento.
En lo relativo a la protección de los elementos urbanos, la normativa tipifica como infracción cualquier actitud vandálica que implique el deterioro del mobiliario. Asimismo, se prohíbe dañar, talar, romper o realizar inscripciones en los árboles y plantas de los jardines y parques de la ciudad. La ordenanza también hace mención explícita a la prohibición de realizar grafitis o colocar carteles, folletos o pancartas en semáforos, farolas o fachadas visibles de la vía pública sin autorización.
La regulación aprobada por el Ayuntamiento de Córdoba persigue además la mendicidad coactiva o impulsada por bandas organizadas, así como el uso de pirotecnia sin autorización, el encendido de hogueras y la realización de acrobacias con bicicletas, patines o monopatines fuera de las áreas habilitadas. Igualmente, se veta la acción de bañarse o lavar objetos u animales en fuentes públicas. El nuevo marco también establece la prohibición de permanecer en espacios públicos desnudo, en ropa interior o con complementos que representen los genitales de hombres y mujeres.
Actuación de los agentes
Con estos supuestos, recoge el texto, los agentes de la autoridad intervinientes deberán informar a las personas involucradas respecto a su infracción y, en caso de que estas no depongan la actitud no permitida, formular la correspondiente denuncia.
Finalmente, la Ordenanza de Convivencia persigue el ofrecimiento persistente de servicios como tarot, masajes, tatuajes o la vigilancia de vehículos; al igual que la eliminación de la publicidad que presente de forma vejatoria a las personas.
Sanciones según la gravedad de la infracción y reparación de los daños cometidos
En lo relativo al ámbito sancionador, la nueva ordenanza establece multas que van desde los 500 euros hasta los 3.000 euros para las infracciones más graves o aquellas acometidas bajo circunstancias especiales como la reincidencia. Entre las conductas más punibles se encuentran las actividades de ocio que supongan riesgo para los bienes o la salud de las personas; los actos vandálicos contra el mobiliario urbano; la difusión de publicidad ilícita; o los grafitis, las pintadas y la colocación de carteles sobre monumentos o inmuebles protegidos.
En estos últimos casos, según se recoge en el texto normativo, si por las características de los materiales empleados o del bien afectado fuera posible la restitución inmediata a su estado anterior, los agentes de la Policía Local solicitarán a la persona infractora que proceda a su limpieza. Una acción que será tenida en cuenta de forma positiva a la hora de establecer la propuesta de sanción a la persona denunciada.
Además, el Ayuntamiento, subsidiariamente, podrá reparar los daños causados y exigir el pago del coste de dichos trabajos a las personas responsables, sin perjuicio de la imposición de las sanciones correspondientes.
El delegado de Seguridad del Ayuntamiento de Córdoba, Jesús Coca, ha explicado que “el objetivo de estas medidas no es otro que preservar el espacio público de Córdoba como un sitio de encuentro para todos”. De este modo, ha precisado que a la hora de establecer las sanciones, los agentes “tendrán en cuenta no solo la gravedad de los hechos, sino también criterios de intencionalidad, trascendencia social, nivel de daños ocasionados o la reincidencia o reiteración de infracciones”.
Finalización de dos meses de campaña informativa
Los agentes de la Policía Local de Córdoba comenzarán a sancionar estas conductas según lo estipulado en la Ordenanza de Convivencia tras una campaña intensiva de información y concienciación sobre la misma. Bajo el lema, ‘Córdoba, Patrimonio de la Humanidad los 365 días del año’, efectivos del cuerpo han repartido folletos con información sobre las prohibiciones que fija la nueva normativa durante los meses de julio y agosto, especialmente durante los fines de semana.
Jesús Coca ha incidido en que “la Ordenanza de Convivencia dota a nuestros agentes de Policía Local de un marco normativo para la persecución de actitudes incívicas que son perjudiciales para Córdoba, para sus barrios y para nuestra reputación como ciudad patrimonial”. Con todo, el concejal ha puesto de relieve “la introducción paulatina de esta ordenanza, el desarrollo de una campaña con los agentes en la calle para aclarar dudas y las prórrogas concedidas al inicio de las sanciones, que finalmente empezarán a materializarse en septiembre”.
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