La Junta licita el comedor en 22 centros escolares para 1.760 alumnos
La Consejería de Educación ha hecho pública la licitación del servicio de comedor escolar en 551 centros docentes públicos de Andalucía por un importe de 58,22 millones de euros. La licitación se ha publicado en el Boletín Oficial de la Unión Europea (DOUE) y las empresas tienen de plazo hasta el próximo 14 de junio para la presentación de ofertas.
El servicio, que se contrata en régimen de concesión, incluye también el refuerzo de desayuno y merienda para garantizar tres comidas diarias al alumnado de familias en situaciones de exclusión social o riesgo de padecerla, en el marco del Plan Extraordinario de Solidaridad y Garantía Alimentaria.
Los contratos tienen un plazo de ejecución de dos años prorrogables por otros dos y beneficiarán a los 59.165 alumnos usuarios de estos comedores, entre los cuales se incluyen tanto los nuevos autorizados para el curso 2017-18 como aquellos que ya están en funcionamiento pero deben renovar sus contratos por estar próximos a su finalización.
Por provincias, se contratan 61 comedores de Almería, 37 de Cádiz, 22 de Córdoba, 16 de Granada, 48 de Huelva, 42 de Jaén, 128 de Málaga y 197 de Sevilla. En cuanto al número estimado de usuarios de estos comedores, son 6.750 en Almería, 3.072 en Cádiz, 1.760 en Córdoba, 835 en Granada, 6.438 en Huelva, 1.865 en Jaén, 16.454 en Málaga y 21.991 en la provincia de Sevilla.
La contratación está fraccionada en 129 lotes y una de las novedades de esta licitación es que se impone una mayor limitación en cuanto al número de lotes al que un licitador puede concurrir, con un máximo de 18. Con ello se pretende facilitar el acceso de las pequeñas y medianas empresas a estos contratos y evitar la excesiva concentración del servicio en pocos agentes.
Otra novedad es el establecimiento, como criterio de valoración de las empresas licitadoras, de la mejora de las condiciones de contratación de los monitores y monitoras que ejercen las labores de cuidado de los escolares durante el servicio de comedor. Así, puntuará el compromiso por parte del licitador de que la jornada laboral de todo este personal tenga una duración mínima de dos horas, es decir, cubra la totalidad del horario máximo de servicio (de 14.00 a 16.00 horas.)
Criterios para la adjudicación
Otros criterios que se tienen en cuenta para la adjudicación son la proximidad de las cocinas centrales respecto a los centros escolares a atender, la cantidad de alimentos ecológicos que se comprometen a incluir en los menús, la disminución del plazo que las familias tienen para avisar de ausencias en el comedor y la mejora de la ratio de cuidadores, establecida actualmente en un mínimo de un monitor por cada 15 comensales en Infantil de segundo ciclo, uno por cada 25 en Primaria, y uno por cada 35 en Secundaria Obligatoria.
Como en anteriores licitaciones, en caso de cambio de adjudicatario el nuevo contratista deberá subrogarse como empleador de los trabajadores y trabajadoras que se encuentren prestando el servicio. Asimismo, es de obligatoria aplicación para las empresas adjudicatarias el convenio colectivo que se encuentre en vigor para sus trabajadores, en este caso, el I Convenio Colectivo estatal del sector laboral de restauración colectiva. La inobservancia del convenio colectivo de aplicación se considera un incumplimiento grave que lleva aparejadas diferentes penalizaciones.
Otros factores que pueden ser causa de resolución del contrato son el incumplimiento de las obligaciones laborales, sociales, fiscales por parte del contratista durante la ejecución del contrato y sus posibles prórrogas; la retirada a la empresa concesionaria de la autorización sanitaria de funcionamiento por parte de la autoridad sanitaria competente, el incumplimiento de la ratio del personal adscrito en función del número de comensales habituales y de su etapa educativa en cada comedor escolar, de la categoría profesional y del número de horas del contrato, el incumplimiento del proceso de elaboración en las cocinas centrales, la subcontratación no autorizada en el pliego (sólo se contempla la posibilidad de la subcontratación del servicio de transporte) o la reiteración de incumplimientos muy graves del contrato.
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