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La causa contra lo hermanos Salazar por el desfalco de SOS Cuétara (actual Deoleo), cerca de la conformidad

Planta de Deóleo en Córdoba | MADERO CUBERO

Redacción Cordópolis

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La Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional celebra este viernes, 14 de febrero, el juicio contra los hermanos Jesús y Jaime Salazar Bello por el presunto desfalco de la mercantil SOS Cuétara, actual Deoleo. La Fiscalía ha rebajado notablemente su petición de pena de prisión para ambos tras alcanzar un acuerdo conformidad con su defensa.

Los hermanos Salazar se encuentran inmersos en este procedimiento judicial desde el año 2009 cuando el grupo SOS Cuétara presentó una querella contra los hermanos por un presunto fraude de más de 230 millones de euros cometido cuando estaban al frente de la compañía. El juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu concluyó la instrucción de este caso en octubre de 2016.

Según el escrito de acusación provisional del Ministerio Público, los acusados actuaron “de común acuerdo, en perjuicio de la sociedad, valiéndose de sus posiciones en la compañía --Jesús como presidente de SOS Cuétara y Jaime como vicepresidente--” para ir transfiriendo cantidades dinerarias desde la tesorería de la empresa a otras vinculadas a ellos, como Cóndor Plus, “sin que conste que dicha operativa fuera conocida ni autorizada formalmente por sus órganos de administración social”.

Por ello, les acusa de haber cometido un delito societario en concurso con un delito continuado de apropiación indebida, delito relativo al mercado y a los consumidores. Asimismo, a Jesús también le atribuye el delito de estafa e insolvencia imponible.

En el escrito, el Ministerio Público subraya la aplicación de las atenuantes de dilaciones indebidas, reparación del daño y reconocimiento de los hechos de acusación, por lo que ha decidido modificar su petición de pena y solicitar para el que fuera presidente de la sociedad un año y nueve meses de cárcel y una multa de 4.200 euros, mientras que para su hermano interesa 10 meses y 15 días y una multa de 2.400 euros.

Además, este “acuerdo extraprocesal” alcanzado deja también fuera la responsabilidad civil, sin perjuicio de que en la sentencia se acuerde “la entrega en metálico y los títulos depositados en las cuentas de las compañías instrumentales” a favor de Deoleo, señala la Fiscalía.

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