Seis meses de cárcel para un vigilante por romperle un tendón y una muñeca a un periodista en El Arcángel tras una discusión
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Córdoba ha confirmado íntegramente la sentencia que condena a seis meses de prisión a un vigilante de seguridad por un delito de lesiones cometido contra un periodista en el estadio municipal Nuevo Arcángel. La resolución desestima los recursos de todas las partes y ratifica también la condena al periodista al pago de una multa por un delito leve de lesiones, así como una indemnización de más de 36.800 euros que la empresa Prosegur deberá abonar de forma subsidiaria al informador.
Los hechos se remontan a la tarde del 1 de diciembre de 2021, cuando el Córdoba CF se enfrentó al Sevilla CF en un partido Copa del Rey. Tras la finalización del encuentro, el periodista pretendió acceder a la sala de prensa del estadio, pero, al no portar la acreditación correspondiente, el vigilante le impidió el paso, siguiendo las órdenes de seguridad que en aquel momento estaban vigentes por las restricciones de aforo postpandemia, según aparece en la sentencia a la que ha accedido este medio.
Este hecho derivó rápidamente en una “fuerte discusión” en la que ambos acusados se enzarzaron en un forcejeo y se empujaron violentamente. En un momento dado, el vigilante sacó su porra y golpeó al periodista. El tribunal subraya que, aunque hubo provocaciones previas y palabras gruesas por ambas partes, la reacción del vigilante fue “desproporcionada” y aceptó “el riesgo de causar un daño grave al usar su arma profesional”.
La peor parte del altercado se la llevó el periodista. Como consecuencia del golpe con la defensa, sufrió una fractura en la muñeca izquierda y la rotura del tendón del extensor largo del pulgar, además de un hematoma en la cara. Estas lesiones requirieron intervenciones quirúrgicas y un prolongado proceso de recuperación que se extendió durante 287 días.
La sentencia destaca que al periodista le han quedado secuelas de por vida: una artrosis postraumática en la muñeca y tres cicatrices en el dorso de la mano que suponen un perjuicio estético permanente. Por su parte, el vigilante sufrió lesiones menores (contusión nasal y una herida sobre la ceja) que sanaron en apenas cuatro días sin necesidad de tratamiento médico.
Además de la pena de prisión para el vigilante y la indemnización que deberá recibir el periodista, el tribunal ha confirmado la multa de 360 euros por las lesiones leves que causó al trabajador de seguridad.
El magistrado ponente, José Carlos Romero Roa, avala la tesis de que existió una “riña mutuamente aceptada” en la que ambos se agredieron, lo que excluye la posibilidad de aplicar la legítima defensa para ninguno de los dos. Asimismo, la Audiencia ha rechazado el recurso de Prosegur, que intentó eludir el pago de la indemnización, recordando que la empresa es responsable de los actos de sus empleados cuando estos actúan, como en este caso, en el desempeño de sus funciones y servicios contratados.
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