Seis meses de cárcel por dar una paliza a un hostelero y a su hijo que le recriminaron que se llevara un vaso
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Córdoba ha confirmado la condena de seis meses de prisión para un hombre por las lesiones causadas a un hostelero en Puente Genil. Su hermano también ha sido condenado, aunque en su caso la pena se limita a una multa por la agresión cometida contra el hijo del propietario durante la misma trifulca, originada cuando el principal condenado intentó llevarse un vaso de cristal del establecimiento.
Los hechos se remontan a la noche del 21 de septiembre de 2023. Según recoge la sentencia, los acusados se encontraban en el local cuando, al cierre, uno de ellos decidió llevarse un vaso de cristal. El hijo del propietario se dirigió a él de manera educada para pedirle que lo devolviera, ofreciéndole incluso un vaso de plástico a cambio.
La respuesta de este acusado, lejos de ser conciliadora, fue desafiante, espetándole “tienes razón, bien dicho, pero si quiero me lo llevo”. A continuación, apretó el vaso hasta romperlo con su propia mano. En ese momento, el segundo acusado intervino propinando un puñetazo en la cara al hijo del dueño, haciéndolo caer al suelo. Cuando la víctima advirtió que llamaría a la policía, ambos hermanos se abalanzaron sobre él: mientras uno lo golpeaba, el otro lo retenía para impedir que pudiera defenderse.
Al ver la agresión, el propietario del bar se acercó para intentar proteger a su hijo. Fue entonces cuando el acusado condenado a prisión le propinó un fuerte empujón que desplazó al hostelero violentamente contra un vehículo, cayendo posteriormente al suelo y golpeándose la muñeca contra el pavimento. Como resultado de esta paliza, el hijo del dueño del bar sufrió contusiones que sanaron en una semana, pero su padre sufrió la rotura del radio de una muñeca que requirió intervención quirúrgica, inmovilización con férula, fisioterapia y un periodo de recuperación de más de dos meses. Además, al ser el único trabajador de su negocio, el hostelero se vio obligado a cerrar el bar durante todo el tiempo que duró su baja.
Tras la condena de la plaza número 3 de la Sección de lo Penal del Tribunal de Instancia de Córdoba, la defensa de los hermanos recurrió, sosteniendo que todo fue un “choque fortuito” o una caída accidental, y pidió que los hechos fueran calificados como una imprudencia. Sin embargo, la Audiencia ha dado plena credibilidad a los testimonios de las víctimas y de los clientes presentes, que coincidieron en describir una agresión “depredadora” y deliberada.
De este modo, el tribunal ha confirmado, para uno, la pena de prisión de seis meses de prisión por un delito de lesiones y una multa de 180 por un delito leve de lesiones, además de pagar una indemnización de 14.976 euros al hostelero (incluyendo el lucro cesante por el cierre del bar) y 249 euros al hijo. Por otro lado, el segundo procesado ha sido condenado a una multa de 180 euros por un delito leve de lesiones y al pago solidario de la indemnización al hijo. Ambos tienen prohibido acercarse al hostelero y a su bar, a menos de 200 metros, durante tres años. Esta misma medida se aplica sobre el hijo de la víctima, pero durante un periodo de seis meses.
Por último, la Audiencia ha ratificado la absolución de los procesados en relación con el delito de amenazas por el que también estaban acusados.
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