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Ordenan reabrir la investigación contra dos policías acusados de tortura en Córdoba

Estado del joven.

Juan Velasco

22 de abril de 2026 16:30 h

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La Sección segunda de la Audiencia Provincial de Córdoba ha ordenado la reapertura de una investigación penal contra dos agentes de la Policía Nacional -de los cuales uno de ellos era subinspector y jefe de Subgrupo de la Unidad de Prevención y Reacción (UPR)- por la presunta comisión de delitos de detención ilegal, falsedad documental y torturas.

En un auto fechado el 16 de abril de 2026, el tribunal ha revocado el archivo previo de la causa dictado por un juzgado de instrucción y ha estimado los recursos de apelación interpuestos por dos denunciantes, que contaban además con el respaldo y la adhesión del Ministerio Fiscal. El auto, facilitado a este periódico, indica que, contrariamente a lo sostenido por la instructora inicial, existe en la causa “una pluralidad de indicios más que suficientes” para acordar que el procedimiento avance a la fase intermedia previa al juicio.

Los hechos investigados se retrotraen al 24 de junio de 2024, cuando centenares de personas y aficionados acompañaron a los jugadores del Córdoba CF en su celebración por el ascenso del equipo a Segunda División. El fin de fiesta se produjo en la plaza de Las Tendillas, donde, en un momento dado, la Policía Nacional cargó alegando “una pelea entre ultras y el lanzamiento de objetos a sus vehículos” que se saldó con una persona detenida.

El joven pasó aquella noche en el calabozo y después ingresó en el Hospital Reina Sofía debido a las lesiones que sufrió. Cuando salió del hospital, interpuso una denuncia, mientras él mismo afrontaba un cargo de atentado contra la autoridad. El segundo denunciante se personó como acusación en el proceso, tras identificar a uno de los policías como el que supuestamente le agredió también a él.

Señales en la espalda.

Un atestado de Asuntos Internos

Entre las pruebas que sustentan la reapertura del caso se encuentran las propias declaraciones de las presuntas víctimas, apoyadas por partes de asistencia médica y documentación fotográfica que acreditan lesiones “compatibles con el modo de producción por ellos descrito”. A estas evidencias médicas se suman las declaraciones de dos testigos que se encontraban en el lugar de los hechos, así como las conclusiones de un atestado elaborado por la Unidad de Asuntos Internos de la propia Policía Nacional.

Según relata el auto de la Audiencia, la investigación interna de Asuntos Internos incluyó un estudio de las grabaciones y comunicaciones entre los agentes la noche del suceso, además de realizar ruedas de reconocimiento fotográfico. En dichas diligencias, los denunciantes identificaron plenamente a los policías ahora investigados como los presuntos autores de las agresiones y detenciones.

El tribunal ha reprochado a la jueza de instrucción que basara el archivo de la causa “sustancialmente en sus declaraciones [las de los policías]” y en un boletín de denuncia elaborado por los mismos agentes. En este sentido, la Audiencia ha invocado la jurisprudencia del Tribunal Supremo, la cual advierte que cuando los propios miembros de las fuerzas de seguridad figuran como posibles autores de delitos graves (como torturas o detención ilegal), sus testimonios no pueden considerarse “prueba plena y objetiva” por el mero hecho de ser agentes de la autoridad, ya que esto supondría una degradación de la presunción de inocencia de los afectados.

Finalmente, la Audiencia Provincial de Córdoba ordena al juzgado de origen que dicte la resolución pertinente para disponer el progreso de la causa criminal a su fase intermedia, permitiendo a las acusaciones formular sus cargos y continuar el proceso hacia un posible juicio oral.

Por su parte, la resolución aclara que también continúa viva la causa contra uno de los denunciantes, representado por el letrado Francisco Poyatos, por un presunto delito de atentado.

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