Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.
La portada de mañana
Acceder
Lee ya las noticias de mañana

La Justicia archiva finalmente un desahucio poco antes de la entrega del inmueble a un banco

Fachada principal de la Ciudad de la Justicia.

Redacción Cordópolis

0

La Audiencia Provincial de Córdoba ha desestimado un recurso de apelación presentado por una entidad bancaria contra un auto dictado por el Juzgado de Primera Instancia nº 4 en septiembre de 2019 y que procedía al sobreseimiento de todo un procedimiento de ejecución hipotecaria, que ya se encontraba en sus fases finales, de hecho, estando en ese momento pendiente el decreto de adjudicación y la entrega de la posesión, es decir, de las llaves del inmueble.

El caso, que ha sido defendido desde un inicio por el letrado Rafael López Montes, perteneciente a RED ABAFI de Abogados y Economistas, “termina de momento felizmente para los propietarios del inmueble y prestatarios”, pues si bien, recalca el letrado en una nota de su despacho, “nada impide que se presente una nueva reclamación. Todos estos meses de procedimiento que ahora desaparecen se convierten en un balón de oxígeno y la resolución, que condena en costas a la entidad, en un recurso muy útil para poder renegociar la deuda”.

“Lo verdaderamente importante -recalca López Montes-, es que la Audiencia viene a aclarar que el límite temporal para que se aprecie el carácter abusivo de las cláusulas del préstamo se extiende a mientras se encuentre el procedimiento de ejecución hipotecaria en curso, es decir, mientras no se haya producido aún la entrega de la posesión al adquirente (el lanzamiento o la entrega de las llaves) y ello ”aunque ya se hubiera dictado decreto de adjudicación“. 

El letrado de RED ABAFI también recuerda la importancia de la condena en costas (los gastos del procedimiento) al banco en estos casos, y se remite al propio auto de la Audiencia Provincial, de fecha 24 de marzo, que resuelve que, de no condenar en costas se produce un “efecto disuasorio inverso” que podría llevar a los consumidores a no reclamar a las entidades bancarias o a no oponerse a sus abusos debido al miedo a los gastos que tendrían que afrontar, incluso aunque ganaran. 

Etiquetas
stats