Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.

Condenado por sexta vez tras conducir borracho, de noche, sin luces e invadiendo el carril contrario

Guardia Civil de Tráfico

Alejandra Luque

0

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Córdoba ha confirmado la condena a un conductor de Baena que, pese a contar con un extenso historial de delitos contra la seguridad vial, volvió a ponerse al volante bajo los efectos del alcohol. El tribunal ha desestimado el recurso de apelación presentado por el acusado, ratificando íntegramente la resolución del Juzgado de lo Penal número 5 de Córdoba. Se trata de la quinta condena por este motivo que pesa sobre el condenado, a quien la Audiencia ha definido como un “verdadero fracaso resocializador”.

El incidente se remonta a la noche del 27 de julio de 2025 en Baena. Minutos antes de la 1:00, agentes de la Policía Local acudieron a un establecimiento de la localidad tras recibir un aviso de que un cliente estaba molestando a la clientela. Al personarse en el lugar, los agentes se encontraron con el implicado cuando se disponía a marcharse. Al detectar evidentes síntomas de que se encontraba bajo la influencia de bebidas alcohólicas, los policías le recomendaron de forma explícita que no condujera. Sin embargo, la advertencia fue ignorada de inmediato.

Poco después, mientras los agentes patrullaban por una calle, observaron cómo un coche se dirigía hacia ellos sin las luces encendidas e invadiendo el carril contrario. Tras darle el alto, el conductor mostró serias dificultades incluso para lograr aparcar el coche. Al someterlo a la prueba de alcoholemia, el test arrojó un resultado de 1,01 miligramos de alcohol por litro de aire espirado a las 01:03. En la segunda prueba, realizada unos 15 minutos más tarde y aplicando el margen de error legal, la tasa definitiva quedó fijada en 0,934 mg/l, lo que casi cuadruplica el límite general permitido de 0,25 mg/l.

Vista aérea de Baena, donde ocurrieron los ehchos.

Los agentes hicieron constar en el atestado un detallado cuadro de síntomas de embriaguez: el acusado presentaba un rostro sudoroso y congestionado, ojos velados, brillantes y apagados, habla pastosa y titubeante, nistagmos, olor a alcohol notorio a distancia en el aliento, andar oscilante y un comportamiento que alternaba entre lo educado y lo exaltado, repitiendo de forma constante las mismas frases e ideas.

Esta es la quinta condena que tiene el hombre por conducir borracho, después de las sentencias firmadas en 2009, 2014 y dos en febrero de 2020. Además, también tiene una condena de 2014 por conducir sin permiso. No obstante, estos fallos no han computado a efectos de reincidencia dado el periodo de tiempo transcurrido entre los mismos y los hechos condenados en esta última sentencia.

Tras el recurso del condenado, la Audiencia ha recalcado la gravedad de los hechos y ha recordado que la jueza de primera instancia ya fue benévola al optar por una pena de multa en lugar de la prisión que contempla el Código Penal. Además, la magistrada aplicó una de las cuotas diarias más bajas permitidas por la ley. De este modo, además de la multa de 1.440 euros, el tribunal ha ratificado la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante 18 meses y el pago de las costas de primera instancia.

Etiquetas
stats