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El asesino de Tulia tenía antecedentes por violencia de género y agresión sexual que habían sido cancelados

El asesino de Tulia tenía antecedentes por violencia de género y agresión sexual que habían sido cancelados

Alejandra Luque / Ana Requena

28 de abril de 2026 20:01 h

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El exmarido de Tulia, F.L.A, la asesinó el pasado 13 de abril, 48 horas después de que ella le denunciara por violencia de género. Aunque el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía aseguró entonces que esa era la primera denuncia que constaba, Cordópolis ha podido confirmar que el exmarido de Tulia fue condenado en 2005 por lesiones tanto a ella como a los dos hijos que tenían en común, pero que esos antecedentes penales habían sido cancelados, tal y como contempla el Código Penal. Fuentes de Interior confirman que, una vez cancelados, los antecedentes penales no constan en el sistema Viogén de valoración del riesgo y vigilancia de los casos, por lo que los agentes que valoraron el riesgo de Tulia no contaron con la información judicial precisa. No obstante, según ha podido saber Cordópolis, Tulia comunicó que esa denuncia previa existía. El hombre tenía otros antecedentes por comportamientos violentos. A pesar de todo ello, los agentes declararon el caso de Tulia como de riesgo medio.

Fuentes de Interior subrayan que el sistema VioGén valora el contexto de cada caso y que, para ello, los agentes formulan a las mujeres preguntas específicas para conocer, por ejemplo, si hay episodios previos. Sobre los antecedentes penales, confirman que, una vez cancelados conforme a los plazos que contempla la ley, no aparecen en ningún contexto y, por tanto, tampoco pueden aparecer en VioGén. Sí figuran los antecedentes policiales, aunque también pueden borrarse si la persona lo solicita y el caso terminó sin condena. Entonces, tampoco figurarían en VioGén. Es decir, podría darse el caso de que una mujer señale comportamientos violentos previos de ese agresor con ella, pero que la condena con el relato judicial de hechos o los antecedentes policiales no figuren en el sistema. O que la víctima desconozca otros episodios violentos previos de los que tampoco quede ya registro.

En el caso de Tulia, la mujer comunicó a los agentes de la Policía Nacional que recogieron su denuncia el sábado previo al crimen que, en agosto de 2005, había denunciado a su expareja por malos tratos. Así consta en la información a la que ha tenido acceso este periódico, que también ha podido conocer que el hombre fue condenado en 2005 por lesiones tanto a ella como a los dos hijos que tenían en común, aunque este antecedente penal había sido cancelado de acuerdo a la ley.

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El sábado de la denuncia

Ese sábado, el hombre entró en el piso donde vivía la víctima, puesto que tenía llaves, y le reprochó una cuestión relacionada con uno de sus hijos. Según denuncio Tulia, su exmarido le manifestó su voluntad de echarla de la casa, marchándose este a continuación de la vivienda. Poco después, mientras Tulia escuchaba música, sintió un fuerte golpe detrás de ella: su exmarido había entrado en el piso sin su consentimiento y estaba golpeando el equipo de música con un martillo de grandes dimensiones. La mujer consiguió quitárselo de encima, aunque el hombre la agarró del pecho, la empujó y la amenazó asegurándole que le destrozaría la vivienda. La víctima llamó a la Policía y después acudió a un centro de salud, donde se le emitió un parte médico que adjuntó en su denuncia.

El abogado de Tulia y sus hijos ha solicitado al juzgado que se investigue si consta alguna llamada realizada en la noche del domingo 12 al lunes 13 de abril desde el teléfono de la víctima al 091, así como el contenido y la actuación policial derivada de la misma. Con este requerimiento, el letrado busca determinar si existió una intervención policial en el domicilio para comprobar la presencia del investigado, quien vivía en la planta superior del mismo inmueble que su víctima. Hay que recordar que él tenía una orden de alejamiento tras la denuncia del sábado.

Durante la formulación de la misma, Tulia trasladó a la Policía que no era la primera vez que denunciaba a su exmarido y que lo hizo en 2005, antes de su separación. Además, manifestó que, durante el tiempo que llevaban separados, habían tenido discusiones en las que él se ponía agresivo.

Una vez que presentó la denuncia, Tulia -que rechazó recibir asistencia de un abogado- solicitó una orden de protección, para lo cual rellenó la documentación pertinente. En dicho escrito, ella volvió a dejar constancia de que había denunciado a su exmarido anteriormente. Los agentes de la Policía Nacional siguieron los pasos para valorar el riesgo del caso, que finalmente calificaron como medio.

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Sí existían antecedentes

Entre esas gestiones está la de analizar los antecedentes policiales del agresor, que son diferentes a los penales. Según ha podido saber este medio, F.L.A. fue detenido en 2005 tras la denuncia por malos tratos el día en que se formuló la denuncia. Por tanto, si sus antecedentes policiales no fueron cancelados -procedimiento que, según fuentes jurídicas, no se suele solicitar-, seguirán apareciendo en su historial. Estas mismas fuentes han rechazado realizar cualquier tipo de declaración sobre si el acusado de asesinar a Tulia tenía otros antecedentes policiales relacionados con violencia de género.

El hombre sí tenía otros antecedentes. En 1998 fue detenido acusado de amenazas, incendio provocado, allanamiento de morada y agresión sexual, aunque se desconoce por el momento si hubo un procedimiento judicial o cuál fue su resultado. En 2016 fue denunciado por una trabajadora de telefonía móvil. Según la denuncia que formuló esta mujer, esta acudió al bloque -donde diez años después ha sido asesinada Tulia- para vender los servicios de la empresa para la que trabajaba. Cuando esta mujer llamó al porterillo de este hombre, le espetó que no quería saber nada de su oferta y que se fuera. Ella ignoró sus comentarios y subió para hablar con un vecino, quien sí había mostrado interés.

Cuando F.L.A. la vio en el rellano, le dijo de nuevo que se fuera y, acto seguido, comenzó a agredirla, empujándola contra la puerta de la propia casa del agresor, golpeándose en la espalda con el tirador de la puerta. En su denuncia, la mujer relató que estuvo 20 minutos retenida tras los cuales pudo llamar a la Policía, que se personó en el lugar. Finalmente, la víctima denunció los hechos en la comisaría, donde se volvió a encontrar con este hombre, quien acabó agrediendo a la pareja de la mujer. Agentes de la Policía tuvieron que intervenir para reducirlo.

El exdelegado del Gobierno para la Violencia de Género y médico forense Miguel Lorente señala que respetar el derecho constitucional a cancelar los antecedentes debe ser compatible con que los episodios violentos y decisiones judiciales consten en el sistema para hacer valoraciones del riesgo más adecuadas.

“Una cosa es que se cancelen y no se haga una utilización pública que pueda atentar contra la dignidad de esa persona y otra que se desprecie un factor de riesgo para la mujer como es tener antecedentes de violencia con actuación policial y jurídica. Los derechos del agresor deben ser respetados, pero teniendo en cuenta que la violencia se suele dar en un periodo de continuidad y no se pueden eliminar los factores que actúan sobre el riesgo. Ningún elemento para identificar el riesgo puede ser descartado”, explica Lorente, que cree que toda esta información debe constar, más allá de las preguntas que se hagan a la víctima, precisamente para que conocer el contexto no dependa de la información que ella tenga o decida comunicar.

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La denuncia de 2005

Según denunció Tulia el 23 de agosto de 2005, cuando llegó al domicilio familiar vio sangre en un cuarto de baño y le preguntó a su entonces marido si había pasado algo con los niños. Tras esto, el hombre comenzó a insultarla. En un momento dado, los menores -que se encontraban bien- empezaron a pelearse y el padre acabó agrediendo a su hija porque esta había pegado a su hermano. Esto provocó otra pelea entre la pareja durante la cual Tulia fue agredida, recibiendo tres puñetazos en un costado.

Cuando la mujer denunció estos hechos también comunicó que, ni mucho menos, era la primera vez que había sido maltratada. Así, dejó reflejado que, desde que se casaron, venía sufriendo malos tratos físicos y psicológicos y que solo una vez decidió denunciar: cuando fue agredida estando embarazada de su hija. A punto de celebrar el juicio, relató Tulia, retiró la denuncia porque se “encontraba enamorada” de su marido y este le prometió “que no volvería a repetir la agresión”. No obstante, tras este episodio de septiembre de 2005, acordaron estar separados un tiempo.

Esos malos tratos que ella aseguró haber sufrido durante su matrimonio consistían en “puñetazos por todo el cuerpo y cabeza”, siempre en zonas “que él consideraba que no iban a reflejar las agresiones sufridas”. Además, afirmó que tras las agresiones físicas se producían insultos de todo tipo, y que la maltrataba siempre en presencia de los niños. Asimismo, en aquella denuncia manifestó que sus hijos eran víctimas de malos tratos por parte de su padre quien, incluso, les llegaba a decir que su madre era “una puta”.

En 2005, tras la detención de su entonces marido y dos días después de la denuncia, el Juzgado de Instrucción número 7 acordó la libertad provisional para el agresor, a quien impuso una prohibición de comunicación y de alejamiento respecto de su mujer y sus hijos, además de otras medidas civiles. La condena llegó días después y bajo la conformidad del acusado: ocho meses de prisión, dos años y un día de privación del derecho a la tenencia y porte de armas, y dos años de alejamiento respecto de Tulia, a la que debía indemnizar con 150 euros.

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