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La empresa multada por suministrar agua sin autorización a parcelas de Córdoba pedía un “uso responsable” a los vecinos

Imagen del arroyo Bejarano sin apenas agua

Carmen Reina

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La empresa multada por la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir (CHG) por abastecer de agua a 260 parcelas de la Sierra de Córdoba cuando solo tenía autorización para una vivienda, pedía desde el mes de junio pasado un uso responsable del agua a los vecinos, aconsejando distintas medidas para reducir el consumo.

La Confederación ha impuesto a Adaros de Córdoba S.A. una multa de 50.000 euros más una indemnización de 33.000 por daños al Dominio Público Hidráulico, además de comprobar que excedía el volumen máximo de agua autorizado en 106.000 metros cúbicos para abastecer a viviendas de la urbanización de las Siete Fincas. En concreto, el expediente sancionador -como avanzó este periódico- exponía que la empresa que abastece de agua a Siete Fincas “ha procedido al incumplimiento de la resolución de inscripción en el Catálogo de Aguas Privadas al abastecer a 260 parcelas, siendo el uso autorizado el abastecimiento de una vivienda y por exceder el volumen máximo autorizado en 106.809 metros cúbicos”.

La empresa suministradora de agua ya convocó en abril pasado una junta general ordinaria de propietarios de la urbanización Siete Fincas para tratar, entre otros asuntos del orden del día, “medidas a tomar sobre consumo de agua”. En junio, enviaba un escrito a los vecinos haciendo “una llamada de emergencia para que actuemos con la máxima responsabilidad a la hora de usar el agua”.

El escrito -al que ha tenido acceso Cordópolis-, informaba de los acuerdos adoptados en la junta general de propietarios y explicaba que, “con motivo de la escasez de lluvia que venimos sufriendo estos últimos años, entre otras causas, debidas al cambio climático, ha provocado que los acuíferos estén bajo mínimos, originando que nuestras reservas de agua estén en alerta”.

Ante ello, la empresa que suministraba agua a 260 parcelas de la Sierra de Córdoba con autorización solo para una captación de los acuíferos, pide a los vecinos un uso responsable del agua “en beneficio de la comunidad”.

Y “aconseja” distintas medidas al vecindario, tales como “el mantenimiento del agua de las piscinas, el objeto de no tirar el agua; no baldear con manguera, evitar el riego de césped lo menos posible (sic) y en este mismo sentido el riego de huertos. Todas estas medidas están encaminadas a no tener que tomar medidas más restrictivas”, argumentaba.

“Pensemos en el futuro para seguir teniendo un recurso que es especialmente fundamental para la vida, la presente y futura, como es el agua”, concluye la circular del pasado 4 de junio.

Expediente sancionador

La apertura de este expediente sancionador a Adaros de Córdoba S.A. por parte de la Comisaría de Aguas de la CHG se produjo en marzo de 2021, después de una denuncia del Servicio de Control y Vigilancia del Dominio Público Hidráulico de fecha 13 octubre de 2020, tras la comprobación y visita in situ de los hechos probados contra la empresa suministradora de agua en esta zona de la Sierra. La resolución de sanción se realizó finalmente, por parte de la Presidencia de la CHG, en febrero de 2022.

La Confederación sostiene que los hechos probados –“por otra parte reiterados en el tiempo”-, son constitutivos de “infracción administrativa menos grave” y constata que ha existido una “infracción continuada en el tiempo detrayendo recursos hídricos sin amparo legal y ocasionando un daño al Dominio Público Hidráulico reiterado”.

La cuantificación económica de la multa se basa en la afectación del dominio público hidráulico y el agua extraída, valorándose la “especial protección de bienes de naturaleza pública dado el interés general, así como la reiteración en la infracción imputada”, por lo que se propone una sanción de 50.000 euros. Asimismo, se impone la obligación de indemnizar los daños al dominio público hidráulico por 33.003,98 euros -según reza la resolución-, además de abstenerse de captar agua para un uso distinto del autorizado ni por mayor volumen. Contra esta resolución cabe recurso de reposición ante la CHG o bien llevar el asunto al contencioso administrativo.

Alegaciones: “No alteran los hechos imputados”

En la tramitación del expediente, Adaros de Córdoba S.A. presentó una serie de alegaciones argumentando “que no existen otros medios de suministrar agua a las Siete Fincas más que las cuatro captaciones de agua inscritas en Catálogo de Aguas Privadas”, a lo que la CHG responde que esto no ampara el incumplimiento de exceso de captación y usos. Asimismo, la empresa sostiene que la captación de agua sirve también para los hidrantes dispuestos en la zona para uso del Infoca contra posibles incendios, y que considera que no se ha dañado el Dominio Público Hidráulico con su acción, sino que se “ha contribuido al equilibrio del uso del agua en la zona y ha evitado apertura pozos individuales”. No obstante, sobre estas alegaciones, la CHG señala que no altera los hechos imputados por los que se ha elevado la sanción.

La denuncia del Servicio de Control y Vigilancia del Dominio Público Hidráulico que ha dado lugar al expediente sancionador llega tras distintas denuncias y requerimientos realizados por Cristina Román, vecina de la zona, con vistas a proteger los acuíferos de la Sierra.

Ahora, tras requerir a la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir la información sobre este expediente, así como la actuación del Defensor del Pueblo Andaluz para conocer las actuaciones al respecto como parte interesada, el organismo de cuenca ha trasladado este pasado verano las acciones llevadas a cabo que han dado como resultado la multa impuesta a la empresa que abastece de agua a las Siete Fincas, por incumplimiento de las condiciones de aprovechamiento de suministro en la urbanización.

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