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El Defensor busca deficiencias en municipios a la hora de realizar ensayos acústicos

Defensor del Pueblo Andaluz, Jesús Maeztu, foto de recurso.

Redacción Cordópolis

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La Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz, dirigida por Jesús Maeztu, ha abierto una actuación de oficio para tratar de conformar un mapa de necesidades que permita detectar aquellos municipios y diputaciones de Andalucía que, por distintas circunstancias, debieran dotarse de los medios personales y técnicos necesarios para la realización de ensayos acústicos.

En el texto de la actuación, consultado por Europa Press, la institución apunta que cada año reciben un “considerable” número de quejas de la ciudadanía relativas a problemas de contaminación acústica por ruidos e impactos, más de 200 solo en el año 2021, siendo admitidas a trámite muchas de ellas, especialmente las referentes a lo que se conocen como actividades clasificadas.

La Defensoría explica que este actividades son aquellas cuyos niveles de emisión acústica están predeterminados por normativa sectorial y que precisan de un trámite ambiental previo, y en las cuales pueden concretarse el ejercicio de las competencias inspectoras por parte de las administraciones competentes, que en la mayoría de los casos suelen ser los municipios.

Para el ejercicio de estas competencias, la queja recoge que el artículo 46 del Reglamento de Protección contra el Ruido en Andalucía, señala en su apartado 1 que las administraciones públicas competentes “contarán con los medios humanos y materiales necesarios para que se efectúen las inspecciones medioambientales ante las denuncias que en materia de contaminación acústica les sean presentadas”.

Y en cuanto a quién puede desempeñar las funciones de inspección, el Reglamento dice en su artículo 50 que “se llevarán a cabo por el personal funcionario de las administraciones públicas competentes que podrá contar con la colaboración de los técnicos referidos en el artículo 3”, es decir, “persona que posea titulaciones académicas o experiencia profesional suficiente habilitantes para la realización de estudios y ensayos acústicos, así como para expedir certificaciones de cumplimiento de las normas de calidad y prevención acústicas”.

En este sentido, la Defensoría precisa en su queja que la experiencia acumulada a lo largo de los años “nos ofrece un primer dato indicativo de un problema estructural para el ejercicio de estas competencias: que son muchos los municipios andaluces que no disponen de medios técnicos homologados, ni de personal capacitado, para la realización de ensayos y estudios acústicos”.

Asimismo, añade que los municipios cuando no dispongan de medios pueden solicitar la asistencia técnica de las diputaciones provinciales, o bien, solicitar la actuación subsidiaria de la Delegación Territorial de la Consejería competente “siempre que la Diputación Provincial correspondiente no pueda desempeñar las funciones que le corresponden, en orden a prestar la necesaria asistencia material de los ayuntamientos”.

A estas dos posibilidades, precisa, habría que añadir otras dos más: una, el ejercicio de inspecciones medioambientales a través de figuras e instrumentos de cooperación, tales como mancomunidades; y otra, la posibilidad de contratar externamente un ensayo acústico a un técnico homologado, a través de la contratación pública.

Sin embargo, “la realidad nos ofrece otra serie de datos indicativos como que hay diputaciones provinciales que no ofrecen asistencia para la realización de ensayos acústicos a aquellos municipios que pueden solicitarla, o que cuando la ofrecen, puede haberse agotado el presupuesto anual para ello o queda supeditado al orden riguroso de tramitación y petición; que la mayoría de municipios no disponen de capacidad para contratar externamente un ensayo o no lo consideran un gasto prioritario; o que muchos municipios no pueden prestar el servicio a través de figuras cooperativas”, apunta.

Por tanto, el Defensor andaluz manifiesta que la problemática de fondo que quieren resaltar “es la necesidad acuciante de reconsiderar” la dotación de medios personales y técnicos para el ejercicio de una competencia municipal que, según “vemos en muchos casos, se hace recaer en la Consejería competente por la vía de la actuación subsidiaria”.

Al fin y al cabo, “esta situación determina que en muchos casos no se lleven a cabo inspecciones acústicas y que, por tanto, no haya elementos objetivos para determinar si tras una denuncia puede haber una vulneración de derechos, pues el ruido, según consolidada jurisprudencia por pronunciamientos del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, puede afectar a, entre otros derechos, la intimidad domiciliaria, la protección de la salud, el descanso o la vida privada”.

A la vista de todo ello, la institución asegura que han iniciado esta actuación de oficio con el objetivo de recabar datos sobre cuántas de las ocho diputaciones provinciales de Andalucía prestan asistencia a los ayuntamientos para la realización de ensayos o mediciones acústicas y en su caso en qué número en los dos últimos años; y de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, para conocer cuántas actuaciones subsidiarias a petición de municipios o ciudadanía han realizado en los últimos dos años, y en qué municipios.

“Sevilla no realiza mediciones”

Por último, y de manera singular, la Defensoría también ha dirigido petición de informe al Ayuntamiento de Sevilla, pues pese “a ser objeto de un gran número de quejas de la ciudadanía en materia de ruidos por actividades, tenemos constancia de que no realiza ensayos ni mediciones en casi la totalidad de ocasiones, debiendo acudir los ciudadanos a la actuación subsidiaria de la Consejería, y que en todo caso, no despliega inspecciones acústicas en horario vespertinos, noche, festivos y fines de semana”.

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