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La Policía identifica a una veintena de menores que consumían alcohol en un local

Un grupo de menores identificados por la Policía en el local.

Redacción Cordópolis

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La Unidad de Policía Adscrita a la Comunidad Autónoma de Andalucía con sede en Córdoba detectó el pasado viernes una veintena menores consumiendo bebidas alcohólicas en el interior de un local de la capital cordobesa, en el marco del operativo nocturno establecido para el control de venta de alcohol a menores en establecimientos públicos.

Así las cosas, los agentes intervinientes comprobaron que los jóvenes se intercambiaban información a través de las redes sociales y grupos de Whatsapp, en los que colgaban

información de los establecimientos que no ejercen ningún tipo de control de acceso o no

preguntaban la edad para la dispensa de bebidas alcohólicas.

En este sentido, los agentes realizaron una inspección en uno de estos locales, situado en el barrio de Ciudad Jardín, donde pudieron constatar que más de veinte menores, con

edades comprendidas entre 13 y 16 años, se encontraban consumiendo bebidas alcohólicas

de diversa graduación y fumando cachimbas de sabores.

En ese momento, los funcionarios de la Adscrita avisaron a los progenitores de 13 de

los menores, siendo informados de los hechos y haciéndose cargo de sus hijos. Posteriormente, los agentes procedieron a levantar las correspondientes actas de denuncia al titular del establecimiento por venta de alcohol y la venta y el consumo de tabaco o de productos de sabores que inciten a fumar a menores de edad.

Todas estas infracciones detectadas por la Unidad de Policía Adscrita han sido remitidas a la Delegación Territorial de Salud y Familia para la apertura del correspondiente expediente sancionador al propietario del establecimiento, por dos infracciones graves (venta de

alcohol a menores y venta y consumo de tabaco o productos de sabores que inciten a fumar a menores de edad).

En ese sentido, las multas oscilan entre los 3.001 y 15.000 euros por la primera infracción y de 601 a 10.000 euros por la segunda. Además, estas sanciones pueden conllevar el

cierre temporal, total o parcial del establecimiento en aplicación de la LEY 4/1997, de 9 de julio, de Prevención y Asistencia en Materia de Drogas.

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