Una matrona tendrá que pagar 115.646 euros por la muerte de un bebé
El fiscal reclamaba dos años de cárcel que finalmente se han quedado en una multa de 300 euros por una falta leve de imprudencia. El otro acusado por el suceso ha resultado absuelto, tras retirar la acusación los cargos contra él durante la celebración del juicio
Una matrona del hospital Reina Sofia tendrá que hacer frente al pago de una indemnización de 115.646 euros por la muerte de un recién nacido, ocurrida a finales de agosto del año 2008 en el centro hospitalario de la capital cordobesa. Aparte de la responsabilidad civil, la acusada ha sido condenada al pago de una multa de 300 euros (un mes a diez euros el día) por una falta de imprudencia. El resultado de la sentencia dista mucho de las pretensiones del Ministerio Fiscal que había solicitado dos años de cárcel por un delito de imprudencia profesional con resultado de muerte.
En el juicio, que se celebró a mediados de este mes en el juzgado de lo Penal 4, se retiró la acusación contra el comadrón que comenzó la atención de la parturienta, que ingresó en el Reina Sofia a las tres de la tarde y que dio a luz, por cesárea urgente, pasadas las 22.40 horas, ya en el turno de la ahora condenada, que había relevado a su compañero a las 22.00 horas. En el fallo judicial se especifica que la comadrona no se percató de las deceleraciones variables en la frecuencia cardiaca del feto y se fue a otra habitación a atender a otra paciente “no siendo consciente” de lo que le estaba pasando a la primera.
La parturienta había ingresado en el hospital con dolores de parto y, tras romperle la bolsa de líquido amniótico se detectaron heces del feto. A partir de ahí comenzaron los problemas con el latido del feto que comenzó a descompensarse “existiendo riesgo de pérdida de bienestar fetal”, indica la sentencia que asegura que la matrona “no avisó al especialista hasta las 22.40 horas”. Tras nacer por cesárea, el pequeño sufrió una encefalopatía hipóxico isquémica grave, que le ocasionó la muerte el 26 de agosto.
La imprudencia en el comportamiento profesional de la matrona fue puesta de manifiesto por el perito forense durante el juicio, hecho que se recoge en la sentencia que recalca que “no se entiende la actitud de espera y falta de atención” por parte de la acusada, que en la vista oral aseguró no recordar los informes sobre las alteraciones del ritmo cardiaco del feto que se le exhibieron durante su declaración ante el juez.
0