El Ayuntamiento fija los plazos para solicitar los veladores y las zonas de especial vigilancia
Mientras se ultima el borrador de la futura ordenanza de veladores, la Gerencia Municipal de Urbanismo (GMU) ha establecido el calendario para solicitar y renovar las licencias de ocupación de la vía pública con veladores de cara al año 2026.
En síntesis, desde el organismo se ha decidido dar un golpe de timón en la gestión de los espacios públicos para el próximo ejercicio. A través de una nueva resolución, el organismo ha establecido un calendario estricto e improrrogable para la solicitud y renovación de licencias de terrazas y veladores de cara a 2026. Esta medida nace como respuesta directa a la problemática recurrente de años anteriores: la presentación tardía y masiva de expedientes que colapsa la Oficina instructora y dificulta el reparto equitativo de la vía pública.
Aunque la actual Ordenanza Municipal no fija una fecha límite explícita en su articulado, sí exige que cualquier instalación cuente con licencia expresa antes de su colocación. Por ello, la GMU ha considerado indispensable fijar estos plazos administrativos para garantizar que los hosteleros dispongan de cobertura legal a tiempo y evitar que las resoluciones se demoren una vez iniciada la temporada alta.
Un calendario dividido en dos periodos diferenciados
La nueva instrucción organiza el calendario administrativo en dos bloques temporales según la tipología y ubicación del negocio. El primer periodo, que abarca del 1 de noviembre de 2025 al 31 de enero de 2026, se establece como la ventana principal de tramitación. Durante estos tres meses, tienen la obligación de presentar su documentación todos aquellos establecimientos que requieran una licencia anual para operar durante todo el ejercicio, ya sea para renovar o para nuevas altas. Además, esta fecha límite del 31 de enero es también imperativa para cualquier local situado en las denominadas Zonas de Ordenación Conjunta, sin importar si su permiso es de temporada o anual; al estar en áreas sensibles, deben tramitarse con mayor antelación.
Por su parte, el segundo plazo se abre el 1 de enero y finaliza el 28 de febrero de 2026. Este intervalo queda reservado de manera exclusiva para las licencias de temporada —que este año cubren desde el Domingo de Ramos (29 de marzo) hasta el 31 de octubre—, pero con una condición indispensable: solo pueden acogerse a estas fechas aquellos negocios que se encuentren ubicados fuera de las citadas zonas de especial protección. Cualquier local que solicite temporada, pero esté en zona saturada, deberá haberse ajustado al primer plazo mencionado anteriormente.
Especial vigilancia en las Zonas de Ordenación Conjunta
Uno de los puntos más relevantes de la nueva instrucción es el tratamiento diferenciado de las áreas con mayor densidad turística y comercial. La GMU ha delimitado una serie de espacios, las “Zonas de Ordenación Conjunta”, donde la convivencia entre el uso público y la actividad privada requiere una planificación más exhaustiva.
En el anexo de la resolución se listan las ubicaciones que requieren presentar la solicitud antes del 31 de enero sin excepción. Entre ellas figuran puntos neurálgicos como la Plaza de las Tendillas, la Plaza de la Corredera, la Avenida del Gran Capitán, la Ronda de Isasa, el Paseo de la Ribera, la Puerta de Almodóvar y la Avenida de Barcelona, entre otras. Desde Urbanismo advierten que este listado no es cerrado: la GMU se reserva el derecho de ampliar la catalogación de “Zona de Ordenación Conjunta” a otras calles o plazas si a lo largo del año se detectan conflictos de movilidad o saturación del espacio.
Advertencia de inadmisión y trámites
El tono de la resolución es tajante respecto al cumplimiento de las fechas. El documento especifica que las solicitudes presentadas fuera de los plazos indicados “podrán no ser admitidas a trámite”, salvo que el interesado pueda acreditar causas de fuerza mayor debidamente justificadas.
Para facilitar el proceso, la Gerencia ha puesto a disposición de los empresarios los impresos normalizados de solicitud y renovación en su página web oficial, instando al sector a iniciar los trámites a la mayor brevedad posible para evitar el habitual “cuello de botella” administrativo de principios de año.
0