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El juez ordena que se tramite licencia a Cosmos

Cementera Cosmos | MADERO CUBERO

Antonio Gutiérrez

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La cementera logra en el juzgado anular la suspensión cautelar de Urbanismo para la valorización de biomasa | La sentencia se notificó ayer y el Ayuntamiento tiene la opción de recurrir el fallo ante el TSJA

Empate a uno. El juzgado de lo Contencioso número 3 de Córdoba ha dado la razón a la cementera Cosmos y ha atendido su reclamación de suspensión cautelar de la decisión de la Gerencia Municipal de Urbanismo, de 10 de febrero, de paralizar la licencia para la valorización de biomasa. El fallo judicial, de fecha 14 de junio, lo deja claro: “Se estima la solicitud de medida cautelar y se suspende provisionalmente el acuerdo impugnado (GMU) en lo que se refiere al empleo de biomasa como combustible alternativo, ordenando a la Administración a que tramite la solicitud de licencia”.

La sentencia no es firme y, tal y como consta en el fallo, a partir de ahora se concede un plazo de quince días al Ayuntamiento para que presente recurso ante la sala de lo Contencioso del TSJA. La pelota está en el tejado del Consistorio, que sigue con sus mesas de expertos. Esta decisión le deja en una complicada situación.

Lo que se ha juzgado ahora es una pieza separada del conflicto abierto entre Cosmos y el Ayuntamiento desde el comienzo de este mandato. El pasado mes de abril, el mismo juzgado dio la razón al Consistorio y no atendió la petición de Cosmos de paralizar la suspensión cautelar a toda la actividad de valorización de residuos. En esta ocasión, la cementera indica que en esa decisión de la GMU nada se dice de la biomasa y residuos no peligrosos, que Cosmos entiende que no es incompatible con los usos previstos en el PGOU y, por tanto, lleva al juzgado con ese argumento insistiendo en la tesis de que cuenta con todas las autorizaciones de la Junta en materia medioambiental.

De la misma manera, la cementera entiende que todo el debate abierto hasta ahora se ha centrado en los residuos, no en la biomasa, y que la valorización de este combustible no afecta a los intereses generales ni a los de los vecinos. El Ayuntamiento, por contra, entiende que la biomasa también es un tipo de residuo y que, por tanto, también está afectada por la suspensión provisional (un año) de la licencia.

Sin embargo, el juzgado entiende que es la Gerencia la que no acaba de definirse con este asunto y, en los razonamientos jurídicos de la sentencia, le indica que “los esfuerzos interpretativos de la Administración sobre la identidad de biomasa y residuos, invocando profusa normativa al respecto, no pueden tener favorable acogida. Si existe duda sobre la materia es precisamente durante la tramitación del expediente, donde puede disiparse en lugar de rechazar de plano cualquier proyecto que provenga de la actora (Cosmos) y que se refiera al empleo de alternativas a los combustibles tradicionales en su proceso productivo”, motivo por el que se estima la medida cautelar interesada por Cosmos.

Acerca de la afección a los intereses generales, se indica que estamos hablando solo de una licencia, no de una obra o actividad, por lo que la continuación provisional del expediente en nada afecta a estos mientras se produce la sentencia firme sobre el conjunto de la materia.

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