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El juez da diez días para reincorporar al policía traficante

Imagen de un agente de la Policía Local en Córdoba | MADERO CUBERO

Antonio Gutiérrez

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El Ayuntamiento tiene cinco días para recurrir la diligencia judicial | El segundo expediente sancionador está pendiente de la adopción de medidas cautelares por otro juzgado | El TSJA eximió al Consistorio del pago de atrasos, pero no de la vuelta al trabajo

Diez días hábiles. Ése es el plazo que ha dado el titular del juzgado de lo Contencioso, número 3, de Córdoba para que se ejecute la sentencia firme del Tribunal Superior de Justicia por la que el agente de la Policía Local condenado por tráfico de drogas en 2009, cuyo expediente sancionador caducó, vuelva a su puesto de trabajo. La diligencia judicial, notificada ayer a las partes, establece, a efectos prácticos una cuenta atrás que concluye en la última semana de este mes, siempre que el Ayuntamiento no se dé prisa e impugne la decisión judicial antes de cinco días, esto es, la próxima semana. Quien pensase que este asunto se había cerrado con el fallo del Tribunal Superior de Justicia no podía estar más equivocado. La orden judicial comunicada ayer, pone encima de la mesa que la polémica va a seguir al menos durante medio año

La decisión del juzgado de lo Contencioso atiende las demandas del letrado del agente, José Luis Buenestado, quien solicitó la ejecución de la sentencia del TSJA en la que se le negaban los atrasos de los años 2009-2015-fechas en las que ha estado apartado del servicio- y en la que el Ayuntamiento reconocía que un error administrativo había provocado que no se le comunicase personalmente el expediente sancionador. Ese error generó toda la polémica y su intento de resolución, iniciar otro expediente sancionador con el primero aún en los tribunales, puede seguir alargándola, ya que éste segundo expediente está igualmente recurrido en los tribunales, en el Contencioso 1.

Los plazos son muy ajustados y coinciden con el paréntesis electoral lo que condiciona aún más la toma de decisiones. A esto hay que añadirle el 'No' a la entrada en el gobierno de PSOE e IU de la asamblea de Ganemos, que supuestamente iba a ocuparse de la gestión de todo lo relacionado con el Área de Seguridad, lo que deja en el limbo quién va a tomar la decisión de recurrir, seguir adelante con el expediente o acatar las decisiones judiciales.

De esta manera, a los cinco días para recurrir la vuelta al trabajo del agente, hay que sumarle que, muy probablemente la próxima semana se conocerá la postura del juzgado ante la solicitud del letrado de la defensa para que se adopten medidas cautelares en el segundo expediente sancionador. Estas medidas no son otras que se suspenda la orden de retirada del servicio en la que insiste este segundo expediente. ¿El motivo? Que la sanción fue una maniobra política de “huida hacia delante”, como sostiene el abogado del policía, para evitar por todos los medios que el error municipal motivase la vuelta al trabajo del agente al que se le aplicaron dos expediente a la vez y por los mismos hechos (uno recurrido en el TSJA y otro en el Ayuntamiento).

Si el juzgado de lo Contencioso 1 da la razón y se aplican las medidas cautelares al segundo expediente la reincorporación será inevitable, con dos decisiones judiciales señalándola, y además se prolongará en el tiempo ya que el fondo de la cuestión, la nulidad de la sanción, no llegará a los tribunales hasta el último trimestre del año. Al Ayuntamiento, una vez más, le toca jugar al contraataque en este asunto.

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