¿Firmaste una cláusula suelo? La banca te tendrá que devolver todo lo que te cobró
Bombazo. La banca española tendrá que devolver todo lo cobrado por las cláusulas suelo (anuladas por los tribunales españoles) con carácter retroactivo, según avanza la agencia Bloomberg. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) con sede en Luxemburgo ha publicado esta mañana una sentencia que tiene que ver mucho con Córdoba, ya que una de las reclamaciones es de un cliente de Cajasur afincado en Granada. La justicia europea le quita así la razón al Tribunal Supremo, que en una sentencia de abril de 2015 estableció que los bancos deberían devolver lo cobrado por las cláusulas suelo desde que éstas fueron anuladas, desde el 9 de mayo de 2013. Ahora tendrán que devolver todo lo cobrado. Los economistas estiman que la devolución supondrá a los bancos un desembolso a sus clientes de 7.000 millones de euros.
La justicia europea resuelve los tres asuntos acumulados, que afectan a Cajasur, BBVA y Banco Popular, después de que un juzgado de Granada y la Audiencia Provincial de Alicante, ante quienes se han planteado los casos, preguntaran al TJUE si la nulidad a partir de la fecha que se dictó sentencia es compatible con la normativa comunitaria.
En el caso también están personados la Abogacía del Estado, que defiende la sentencia del Supremo y, por tanto, limitar en el tiempo la devolución de las cantidades a los afectados, y la Comisión Europea, cuyos servicios jurídicos consideran que los bancos deben reintegrar la totalidad de los importes cobrados de más.
En julio de 2016, el abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) Paolo Mengozzi justificó su decisión de no devolver lo cobrado por cláusulas suelo por distintos bancos en España en el enorme impacto económico que provocaría.
La sentencia en sí no obligará a los bancos a devolver lo pagado ni anulará automáticamente las cláusulas suelo, pero sí fijará de una vez por todas las pautas de manera que con un simple procedimiento judicial se podrá recuperar lo pagado siguiendo el criterio marcado por dicho tribunal.
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