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La Audiencia archiva la querella del exalcalde de IU de La Rambla contra ocho policías locales

Fachada de la Ciudad de la Justicia de Córdoba | ÁLEX GALLEGOS

Redacción Cordópolis

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La Audiencia de Córdoba ha archivado la querella que por la supuesta comisión de un delito de denuncia falsa habían presentado el exalcalde de La Rambla, Alfonso Osuna (IU), y la exedil de Seguridad, Inmaculada Castillero, contra ocho agentes de la Policía Local rambleña, después de que éstos informaran a la Fiscalía en 2017 de una posible prevaricación urbanística de Osuna y Castillero en 2016, dando lugar a la apertura de diligencias judiciales que fueron archivadas en 2018.

Tras ello Osuna y Castillero se querellaron contra los agentes y ahora la Sección Segunda de la Audiencia Provincial, en un auto al que ha accedido Europa Press, ha confirmado el “sobreseimiento” del procedimiento abierto contra los agentes, ya decretado anteriormente por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número dos de Montilla, al considerar que no hay “indicios suficientes” para imputar a los policías locales el delito de denuncia falsa.

Así, y según ha avanzado El Día de Córdoba, la Audiencia ha confirmado dos de los tres acuerdos recogidos el año pasado por el mencionado juzgado montillano, ratificando el archivo de la querella criminal interpuesta contra los agentes por Osuna y Castillero, después de que ambos recurrieran la resolución del Juzgado de Montilla.

Los ocho funcionarios públicos, pertenecientes a la plantilla de la Policía Local de La Rambla, integrada en 2016 por once agentes, informaron a Osuna y Castillero de irregularidades en unas edificaciones urbanísticas levantadas en agosto de dicho año, pero, al no adoptar éstos ninguna medida, dieron cuenta a la Fiscalía en abril de 2017.

La Policía Judicial, en el informe ordenado por el juez instructor que abrió entonces diligencias, concluía que se “había detectado vinculación familiar entre los titulares” de las construcciones denunciadas “y determinados miembros y funcionarios del Ayuntamiento de La Rambla”.

Ahora, la Audiencia Provincial mantiene la determinación de deducir testimonio de las declaraciones prestadas por los agentes municipales en este procedimiento por denuncia falsa, para su unión a las diligencias previas, que anteriormente investigaban la citada posible prevaricación de Osuna y Castillero, que fueron abiertas en 2017 y archivadas un año después, sin que entonces se tomara declaración a los agentes.

En cambio, la Audiencia Provincial de Córdoba deja sin efecto la imposición de las costas procesales a Osuna y Castillero, como había impuesto el juzgado montillano. No obstante, de acuerdo a lo reflejado en el Estatuto Básico del Empleado Público y en un convenio municipal específico, el Ayuntamiento habrá de afrontar los gastos asumidos por los policías locales, al sobreseerse las diligencias y aflorar indicios de un presunto delito, ya que esta actuación se encuadraría en el ejercicio ordinario de sus funciones.

Es decir, el Ayuntamiento de La Rambla, ahora con un alcalde del PP, Jorge Jiménez, deberá hacer frente al pago de las costas, que suman unos 14.400 euros, a razón de unos 1.800 euros por cada policía local, después de que éstos hayan quedado exhonerados del delito de denuncia falsa que les imputaban el anterior alcalde de IU y la exedil de Seguridad.

Además, la resolución del juzgado montillano ahora confirmada por la Audiencia, también señaló que, por los indicios aportados, los responsables municipales, es decir Osuna y Castillero, incoaron los expedientes administrativos oportunos, por infracción urbanística, únicamente “tras el requerimiento efectuado por Fiscalía”, a la que acudieron los agentes tras no atenderse sus denuncias en el Ayuntamiento.

Además, aunque el actual procedimiento no tiene por objeto la investigación anterior, es decir, la prevaricación urbanística denunciada a la Fiscalía por los agentes de Policía Local en abril de 2017 sobre las construcciones ejecutadas sin licencia, el juez de Montilla concluye que no eran falsos los hechos denunciados por los agentes, sino que se correspondían “con hechos verdaderos y revestidos de apariencia delictiva”.

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