Archivan la denuncia contra el padre de Angelo, al descartar el delito de sustracción de menores
Una juez de Puente Genil ha archivado la investigación abierta contra el padre de Ángelo Jurado Marmolejo, el niño con residencia en Bristol (Reino Unido) que se encontraba en paradero desconocido con su progenitor durante seis meses, al entender que los hechos reflejados en la denuncia interpuesta por la madre del menor no eran constitutivos de un delito de sustracción de menores.
La madre interpuso una denuncia contra Rafa Jurado en marzo de 2019 cuando éste no llevó al menor al domicilio en Bristol donde residía con ella, tras una visita concertada. Karol Marmolejo denunció que ya en febrero de 2017, la Corte de Bristol tuvo que ordenar a su expareja que devolviera al niño.
Por esta denuncia, la Policía británica activó la búsqueda del padre, que desapareció con el niño hasta que las autoridades españolas le detuvieron el 30 de noviembre de 2019 en el aeropuerto de Madrid-Barajas Adolfo Suárez cuando bajaba con su hijo de un avión procedente de México.
Ahora, en un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, la titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Puente Genil, Cristina Martín Donaire, ha acordado el sobreseimiento libre al entender que en los hechos contemplados en la denuncia y ocurridos en 2017 no se dan las circunstancias previstas en el artículo 225 bis del Código Penal, que establece que, entre otros casos, la sustracción de menores se da cuando el traslado de un menor de su lugar de residencia se hace “sin consentimiento del progenitor con quien conviva habitualmente” o que incumpla “gravemente el deber establecido por resolución judicial o administrativa”.
Según explica la resolución judicial, la denunciante sostiene que llegó a un acuerdo con el padre para que el menor viajara cada mes y medio a España, por lo que, en virtud a ese pacto, el niño viajó a Puente Genil el 12 de febrero de 2017 “debiendo haber sido devuelto, según la denunciante el 19 de febrero de 2017”.
Sin embargo, atendiendo a las alegaciones de la defensa del denunciado, ejercida por Ospina Abogados, y de la Fiscalía, la jueza de Puente Genil afirma que ha quedado probado que “el investigado trajo a su hijo a España con conocimiento y permiso de la denunciante, que ésta en todo momento tenía conocimiento del lugar donde se encontraba su hijo menor, y que la fecha en la que se produce la supuesta sustracción, el 19 de febrero de 2017, no existía ninguna resolución judicial que estableciera el régimen de guarda y custodia”.
Según destaca el informe del Ministerio Público, el padre no tuvo conocimiento de que la Corte de Bristol había dictado una resolución judicial hasta un mes después, cuando se inició el procedimiento de retorno del menor en los juzgados de familia de Córdoba. En este momento, el denunciado entregó al niño, indica la Fiscalía.
Sobre este extremo también se manifiesta la defensa que, además de aportar las conversaciones con la madre que demostrarían el conocimiento de dónde estaba el menor, en su escrito alega que en febrero de 2017 “no existía resolución judicial alguna que estableciera régimen de guarda y custodia”, sino un acuerdo verbal para que el menor pasara tiempo con ambos progenitores. En esas fechas se estaba tramitando el correspondiente Convenio regulador, que establecería esos extremos, las comunicaciones y estancias o el régimen de visitas, y que finalmente se firmó en agosto de ese año, señala.
Con todo ello, el auto concluye que “el menor vino a España con el investigado en febrero de 2017 según acuerdo que existía entre ambos progenitores” y que “igualmente resulta acreditado que la denunciante en todo momento supo el lugar donde se encontraba su hijo comunicándose con el investigado a través de mensajes”.
La defensa de Jurado, en un comunicado, explica que su cliente aseguró el pasado mes de enero ante la juez de Puente Genil que “todo ha sido una trampa” de su exmujer, “desde el primer momento” que iniciaron los trámites de separación. Asimismo, afirma que ha sido acusado falsamente porque aprovechó las “vacaciones del padre con el menor de 8 años en España para iniciar en Inglaterra un proceso por lo civil de jurisdicción voluntaria para la entrega del niño”.
No obstante, Jurado tendrá que defenderse ante la Justicia británica debido a la Orden Europea de Detención y Entrega (OEDE) solicitada por Reino Unido a mediados de diciembre de 2019 por un presunto delito de sustracción de menores, tras desparecer medio año con su hijo. La Audiencia Nacional ha iniciado el procedimiento por dicha reclamación y a finales del año pasado, el Juzgado Central de Instrucción número 3 le dejó en libertad provisional.
https://cordopolis.es/2020/01/23/un-juzgado-de-reino-unido-prohibe-al-padre-de-angelo-contacto-alguno-con-su-hijo/
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