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21.928 euros por resbalar con jamón en el Patio Barroco

Imagen del Patio Barroco de la Diputación de Córdoba | MADERO CUBERO

Antonio Gutiérrez

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El accidente se produjo en mayo de 2014 durante la muestra de Aurelio Teno en la Diputación | La afectada sufrió fracturas en la mano y la rodilla | El Consultivo fija la indemnización tras examinar imágenes en las que se observan restos de jamón y líquidos

La Diputación de Córdoba deberá abonar 21.928 euros a una mujer que sufrió un accidente en sus dependencias tras resbalar con restos de jamón y un líquido sin determinar (aceite o agua) en el Patio Barroco de la institución el pasado mes de mayo de 2014, según un dictamen del Consejo Consultivo que considera a la Administración provincial responsable del accidente y rechaza su tesis de responsabilidad compartida con la afectada.

Según las fechas que aporta el Consejo Consultivo en su dictamen preceptivo, a instancias de la propia Diputación, el accidente ocurrió en fechas próximas al pasado 9 de mayo de 2014, momento en el que el Patio Barroco acogía una muestra de esculturas de Aurelio Teno. La reclamante pedía una indemnización de casi 40.000 euros por una caída en la que sufrió la fractura de una mano y de la rodilla, lesiones por las que tuvo que ser hospitalizada y que le obligaron a estar más de nueve meses en tratamiento de rehabilitación.

Para demostrar la necesaria relación causal entre el accidente y la responsabilidad de la Administración, que no señalizó la zona, el dictamen del Consultivo se apoya en varias fotografías, tomadas el 9 de mayo, en las que se observa que “en la parte noroeste del Patio Barroco había liquido en el suelo, fuese agua o aceite, y restos de jamón, que, según se desprende de las pruebas testificales y fotografías, fueron la causa de la caída de la reclamante”, indica el dictamen.

En su defensa, la Diputación aludía a una “concurrencia de culpas” ya que estos restos y el suelo mojado eran perfectamente visibles y que “la amplitud del Patio Barroco permitía deambular correctamente con una mínima diligencia, como lo hicieron otras personas delante o al lado de la reclamante”. Por estas razones, la propuesta considera que debe modularse la responsabilidad, teniendo en cuenta que la propia reclamante contribuyó a que se produjera el accidente, indica la Administración en su escrito, argumento que se rechaza.

Las pretensiones de la afectada, casi 40.000 euros, tampoco se atienden en su totalidad ya que, a juicio del organismo de consulta, la propuesta considera excesiva la puntuación otorgada por el perito de parte, que valora en siete puntos las secuelas por la fractura de mano y rodilla y en doce puntos el perjuicio estético, frente a los cinco puntos por secuelas funcionales y dos puntos por perjuicio estético que se contemplan en el informe pericial de la compañía aseguradora. De la misma manera, se rechazan los argumentos de secuelas permanentes, ya que la herida ya necesitaba muletas para caminar al sufrir una discapacidad.

Al final, ni para uno ni para otro: 21.928 euros de indemnización “que deberán abonarse íntegramente” a la afectada, concluye el fallo del Consultivo.

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