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¿Aún puedo aminorar el pago en mi Renta 2019?

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Javier León

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Nos encontramos ya inmersos en el mes de diciembre. Nos quedan pocos días para finalizar este año 2019, pero aún podemos hacer algo para aminorar el pago a Hacienda en junio del 2020. Dediquémosle unos minutos a intentar planificar nuestra declaración de la renta 2019.

Es el momento de planificar nuestra declaración de la renta que tendremos que realizar en junio del 2020, dediquemos un tiempo. Quizás podamos aminorar el pago a Hacienda, o incluso a obtener una mayor devolución de lo ya anticipado a Hacienda durante este año 2019.

Cada uno debemos ver cuál es nuestra situación personal a nivel de tipos de ingresos, bien por nuestro trabajo por cuenta propia o ajena, si hemos ido obteniendo ingresos de intereses por nuestro dinero, dividendos cobrados de acciones, plusvalías o pérdidas a compensar por la venta de activos patrimoniales.

No es mucho el margen de maniobra que podemos tener a raíz de las últimas modificaciones del IRPF, pero sí nos queda, al menos, la posibilidad de aprovechar lo que tenemos.

¿Qué podemos hacer para disminuir nuestro pago a Hacienda del próximo año?

En el caso de que tengamos una hipoteca con aún derecho a deducción en la Declaración de la Renta 2019, es decir, aquellos contribuyentes con derecho a deducción por su préstamo hipotecario formalizado con anterioridad al día 1 de enero del 2003 cuyo destino haya sido la adquisición de su vivienda habitual.

Los que cumplan con estos requisitos podrán desgravarse un 15% sobre las cantidades aportadas –intereses y capital– con un límite máximo de 9.040€, es decir, hasta 1.356 €.

Revisemos si nos puede interesar amortizar hipoteca para conseguir esta deducción, tendremos que calcular cuánto vamos a pagar en total en el 2019 en base a lo ya pagado y ver coste comisión por amortización parcial que nos puede cobrar el banco por esta operación.

La aportación a nuestro Plan de Pensiones o PPA también nos ayudará a pagar menos a Hacienda. Recordemos que la aportación máxima con derecho a aminorar nuestra base imponible para conseguir un ahorro fiscal será la menor de las siguientes cantidades:

1º.- 8.000€ para cualquier contribuyente, independientemente de la edad que tenga.

2º.- O el 30% de los rendimientos netos del trabajo y actividades económicas.

Sería conveniente que revisemos las operaciones de compra-venta de acciones, suscripciones y reembolsos de fondos de inversión, ya que las ganancias patrimoniales las podemos compensar con las pérdidas sin tener en consideración la duración de las mismas en nuestra cartera.

Si hemos vendido, por ejemplo, unas acciones con un resultado positivo –ganancia patrimonial- podemos estudiar la alternativa de vender acciones que mantengamos en la cartera con pérdidas u otro activo patrimonial, para compensar y disminuir el beneficio fiscal.

Este aspecto hay que estudiarlo detenidamente, tanto para las acciones como para los fondos de inversión que mantenemos.

Veamos las donaciones efectuadas o que podamos realizar. Hay que guardar justificantes.

Una deducción, quizás poco conocida, es la deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación. Podremos deducirnos hasta el 20% de las cantidades invertidas por la compra de acciones o participaciones de la empresa siempre que se cumplan requisitos.

No dejemos para mañana lo que podamos hacer hoy. Dediquemos un ratito en estos días a planificar nuestra cita anual con Hacienda. No nos queda demasiado tiempo.

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