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Informe ‘CCF SAD 2011-19’ (I): el pacto de los 8,1 millones de euros

Carlos González, en la junta general del Córdoba CF SAD de enero | MADERO CUBERO

Rafael Ávalos

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Más de uno y de dos asuntos son los que aborda de manera detallada. En concreto, son ocho, grosso modo, los que trata y en torno a los que expone posibles actuaciones constitutivas de delito. Sueldos elevados de los miembros del consejo que a veces no aparecen bien reflejados en las cuentas, operaciones de difícil seguimiento, el reparto de dividendos o descuadres financieros son algunos de los temas que analiza y detalla la administración judicial del Córdoba CF Sociedad Anónima Deportiva (SAD), a cargo de Francisco Estepa y Javier Bernabéu, ante el Juzgado de Instrucción número 5. Lo hace en un informe de 73 páginas remitido al juez el pasado 9 de diciembre y que es desglose de la gestión de la entidad entre 2011 -desde el 3 de junio- y 2019 -hasta el 9 de noviembre-.

Capítulo I. Compraventa entre Prasa y Ecco Documática

Como resulta lógico, los resultados del trabajo se presentan cronológicamente. De ahí que el primer capítulo traslade a 2011, momento en que tuvo lugar la compraventa del paquete mayoritario de acciones de la SAD entre Prasa y Ecco Documática. La última empresa es la misma con que Carlos González adquirió la entidad. En su informe, los administradores judiciales recuerdan que la operación fructificó definitivamente el 3 de junio del citado año, “conforme escritura otorgada ante don Fernando Garí Munsuri”.

En torno a 1,5 millones de euros fue la cantidad de traspaso de algo más del 98% de las acciones del club. Sin embargo, el contrato incluía cláusulas significativas. Quizá la más señalada, con el tiempo, era la estipulación 2.b.1 en párrafos segundo y tercero. En esta parte del documento las partes consideraban “esencial” que el inversor “lleve a cabo todos los actos que sean precisos para solventar la situación de endeudamiento en que se encuentra actualmente la compañía”. Así, Ecco Documática “asume, a sus expensas, el pago de las deudas sociales de la compañía, tanto las generadas hasta el día de hoy como las que se generen en el futuro, con independencia de la época/relaciones jurídicas de las que provenga su devengo”.

De esta forma, el contrato recogía que Ecco Documática “declara en este acto conocer la situación financiera de la compañía” y que “está incursa en situación de concurso voluntario”. “Comprometiéndose igualmente por el presente acuerdo el inversor a realizar las acciones legales y financieras que los órganos de la sociedad consideren oportunas, siempre encaminadas a garantizar la continuidad de la actividad”. Después, la administración concursal, “con fecha 26 de julio de 2011”, emitió informe provisional sobre la situación financiera de la entidad. “En el desglose del activo contenía la siguiente mención sobre los saldos deudores”, se expresa en el texto que la cifra es de algo menos de 8,1 millones de euros.

Son en concreto 8.086.978,36 euros los que entonces tenía el club de deuda social y cuyo pago ya requirieron los administradores judiciales a finales de diciembre. Estos apuntan en su documento para el Juzgado de Instrucción número 5 que “igualmente, en los textos definitivos del informe de la administración concursal […] se siguió incluyendo el indicado derecho de crédito contra Ecco Documática dentro de la masa activa del concurso”. “Ecco Documática no impugnó judicialmente ninguno de los indicados documentos, aquietándose respecto de su contenido”, añaden en su escrito Francisco Estepa y Javier Bernabéu.

Los administradores judiciales van más allá y exponen que “en el plan de viabilidad adjunto a la propuesta de convenio de acreedores del CCF SAD […], elaborado por la propia entidad y protocolizado en escritura pública el 12 de marzo de 2012, el propio CCF SAD incluyó nuevamente el derecho de crédito contra Ecco Documática”. En esta línea, Estepa y Bernabéu agregan otros procedimientos en los que la empresa a cargo de Carlos González admitió la obligación del pago de los algo menos de 8,1 millones de euros. A este respecto destaca quizá que “consta en el acta de la sesión del consejo de administración del CCF SAD de 2 de octubre de 2012 el presidente, señor González, fue preguntado por otro consejero (don Antonio Prieto Mahedero) sobre cuando tenía previsto […] cumplir lo pactado […] respecto del pago de los pasivos”.

“Esa pregunta no es procedente que sea presentada en este consejo, pues está dirigida a Ecco Documática y es a ella a quien tiene que hacérsele por los medios adecuados para ello”, fue la respuesta, según los administradores judiciales, de Carlos González. El caso es que “tanto de la información contenida en las cuentas anuales de la temporada 2011-12 como en las sucesivas resulta que Ecco Documática (posteriormente Azaveco) no ha asumido ni abonado ninguno de los pasivos de la sociedad preexistente a fecha en que devino accionista mayoritario, ni ha tomado medida alguna para evitar el conflicto de intereses existente”. Por este motivo, “la administración judicial remitió comunicación, vía burofax, a Azaveco interesando bien el pago del indicado derecho de crédito, bien información al respecto, sin que a la fecha de emisión del presente informe se haya dado respuesta ninguna”.

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