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El TSJA confirma cinco años de cárcel a un varón por abuso sexual continuo sobre una menor

Fachada del TSJA en Granada.

Redacción Cordópolis

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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado una sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba que condena a un varón de unos 35 años de edad a una pena de cinco años de prisión y libertad vigilada de otros tantos años, con la obligación de participar en programas formativos, laborales, culturales, de educación sexual u otros similares, como presunto autor de un delito continuado de abusos sexuales sobre la hermana menor de edad de su mujer, desde los seis a los diez años.

Según recoge la resolución, el Alto Tribunal andaluz ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por el acusado y confirma la sentencia de la Audiencia de Córdoba, aunque cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo (TS).

En concreto, se da por probado que la menor, dada la buena relación que tenía con su hermana y su esposo, el acusado, solía frecuentar el domicilio de ambos, en un municipio de la provincia cordobesa, siendo usual los fines de semana o días sueltos que se quedara a dormir en la vivienda del matrimonio.

Así, desde que tenía seis años de edad hasta cerca de cumplir once años de edad, el procesado, cuando la menor se hallaba en su domicilio, “guiado por evidente ánimo libidinoso, y aprovechando que su esposa no se encontraba en ese instante en la vivienda, o bien porque estando en ella se hallaba en otras habitaciones, dormida o haciendo cualquier otra cosa”, supuestamente cometió el citado delito en distintas ocasiones. La menor no comentó nada a la familia, después de que el acusado le dijo que “no dijese palabra alguna”.

Aunque a tenor del informe médico forense, la menor “no presenta ninguna patología o trastorno psíquico, ni requiere tratamiento psiquiátrico, sí precisa de cierto tratamiento psicológico para que pueda afrontar situaciones futuras, y en concrteto pueda evitarse que lo sucedido repercuta en sus relaciones de índole sexual, pues a consecuencia de los hechos, de presenta un trastorno estrés postraumático crónico, fruto del sufrimieno emocional sufrido, precisando tratamiento psicológico”.

Asimismo, los jueces exponen que al haber sido declarada su situación de desamparo, la representación y custodia la ejercen los servicios correspondientes de la Junta de Andalucía.

Además de las penas de cárcel y libertad vigilada, el procesado ha sido condenado a una orden de alejamiento sobre la menor durante ocho años, la inhabilitación especial por tiempo de diez años para cualquier profesión u oficio, sea o no retribuido, que conlleve contacto regular y directo con menores de edad, y el pago de una indemnización de 12.000 euros, en concepto de daños morales.

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