Seis meses de cárcel por quebrantar una orden de alejamiento y provocar daños en un bar cuando su exnovia se negó a acercarse a él
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado una pena de seis meses de prisión para un hombre que quebrantó la orden de alejamiento impuesta por un juzgado de Córdoba tras acercarse a su exnovia en un bar. Además, ha sido condenado a una multa de 900 euros, todo ello después de que el hombre fuera absuelto en primera instancia del delito de quebrantamiento de la orden de alejamiento que finalmente sí impuso la Audiencia Provincial de Córdoba tras un recurso de la Fiscalía.
Los hechos ocurrieron en febrero de 2020, aunque la orden de alejamiento fue impuesta en agosto de 2018 por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer. Dicha medida cautelar, que fue comunicada al hombre, establecía que no se podía acercar a su exnovia o a su domicilio a una distancia inferior a 100 metros, además de que no podía comunicarse con ella por ninguna vía.
Así, en febrero de 2020, sobre las 9:45, la mujer se encontraba en la terraza de un bar ubicado en la Plaza de Costa Sol cuando el condenado la vio, haciéndole gestos para que se aproximara. La chica, de inmediato, reaccionó entrando en el interior del establecimiento, mientras que el procesado se mantuvo en la terraza, comenzando a tirar sillas y mesas, arrojando botellas al suelo, rompiendo la tela del toldo y tirando también otros objetos que estaban en dicha terraza. Los desperfectos que ocasionó ascendieron a casi 300 euros.
Estos hechos fueron denunciados y el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 de Córdoba incoó diligencias urgentes por un delito continuado de de quebrantamiento de medida cautelar, otro de coacciones, otro leve de daños y otro leve de amenazas. Las remitió al Juzgado de lo Penal número 6 de Córdoba, que acabó condenando únicamente al hombre al pago de una multa de 900 euros por un delito leve de daños, absolviéndole del resto de delitos. En esta primera instancia, el hombre aseguró que desconocía el auto de 2018 en el que se le impuso una medida cautelar.
Sin embargo, el Juzgado de Violencia contra la Mujer sostiene que fue informado de dicho dictamen el mismo día de su resolución. En consecuencia, la Audiencia Provincial lo condenó por un delito de quebrantamiento de medida cautelar a la pena de seis meses de prisión, sentencia que ahora confirma el Supremo.
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