Ordenan el ingreso en prisión del condenado por maltratar, vejar y controlar a su novia
El Juzgado de lo Penal número seis de Córdoba ha ordenado el ingreso en prisión del hombre condenado por maltratar, vejar y controlar a su novia desde el inicio de su relación. Este hombre ha sido condenado a cinco años y 11 meses de cárcel como autor de un delito de maltrato habitual, cinco delitos de maltrato en el ámbito de la violencia contra la mujer y un delito de amenazas leves.
Tras la condena, su representación legal presentó un recurso ante el Juzgado en el que buscaba la suspensión de su ingreso en prisión. Así se alegaba que ninguno de los delitos a los que su representado fue condenado superaba los dos años de cárcel, por lo que no debería entrar en prisión. No obstante, el Juzgado lo rechaza, al considerar que las penas acumulan prácticamente seis años por lo que procede su ingreso en la cárcel para comenzar a cumplir condena.
“No en vano, lejos de condenarse por un único delito, la condena lo es por nada menos que siete: Uno contra la integridad moral, cinco contra la integridad física y otro contra la libertad. Todos ellos en el ámbito de la violencia sobre la mujer. Para confirmar la gravedad de los hechos, basta con atender un dato: La suma total de las penas de prisión impuestas supera los cinco años”, asegura en su auto el juez.
El hombre y la mujer estuvieron juntos desde abril de 2015 hasta marzo de 2016. Las conductas de control de él hacia ella comenzaron desde el arranque de la relación, cuando la acompañaba al baño o mostraba su desagrado respecto de sus amistades, así como por la ropa que vestía.
Además de las penas de prisión, también ha sido privado durante diez años del permiso de tenencia y porte de armas, y condenado a diez años a la prohibición de comunicación y aproximación a la víctima, a quien deberá abonar 30.000 euros por daños morales. Asimismo, tendrá que pagar las costas del procedimiento, incluidas las de la acusación particular.
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