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Confirman 22 años de cárcel al hombre que mató a su esposa en Madrid y arrojó el cuerpo a un pantano de Montoro

Imagen de la víctima difundido por SOS Desaparecidos.

Alejandra Luque

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La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia de la Sección 27ª de la Audiencia Provincial de Madrid que condenó a 22 años de cárcel a un hombre por asesinar a su mujer en su casa de Arganda del Rey y después arrojar su cadáver a un pantano de Montoro. El Alto Tribunal no ha estimado el recurso de casación interpuesto por la defensa del condenado tal y como ya hiciera previamente la Sala de lo Civil de lo Penal del TSJ de Madrid.

Los hechos ocurrieron en octubre de 2018 y el Tribunal de Jurado emitió el 10 de julio de 2020 un veredicto de culpabilidad. Cabe recordar que el acusado, el día 20 de octubre de 2018, confesó ante la Guardia Civil de Arganda del Rey haber acabado con la vida de su esposa y dónde se encontraba su cadáver, manifestándose en iguales términos ante el Juzgado de Instrucción nº 7 de Arganda. Sin embargo, tanto en declaraciones posteriores como en el juicio no mantuvo esa versión delos hechos.

Según la sentencia del juzgado madrileño, el hombre “acabó con la vida de su esposa propinándole con un elemento contundente, supuestamente un martillo, un fuerte golpe en la parte posterior de la cabeza, lo que hizo que la víctima comenzase a sangrar, cayendo al suelo boca abajo y perdiendo el conocimiento”.

El condenado procedió entonces, “para asegurar su propósito”, a “atarle las piernas a la altura de los tobillos y las muñecas con una cuerda de tender y a taparle la cabeza con una bolsa de basura, atándosela al cuello con cinta adhesiva, ocasionándole la muerte por asfixia mecánica”.

Después -continúa el relato de los hechos probados de la resolución-, el condenado introdujo el cuerpo de la víctima en su vehículo, trasladándolo hasta su pueblo natal, Montoro, donde lo arrojó al pantano El Arenoso, en el paraje denominado La loma del barco, tras introducir una piedra de unos 5 kilos entre la ropa y el hombro derecho de la perjudicada. El 19 de octubre se encontró el cadáver de la víctima en el pantano.

El recurso de casación interpuesto ante el Supremo lo basó en varios motivos y todos han sido desestimados por el Alto Tribunal. En uno de ellos, la defensa ha considerado que “el jurado no explica las razones por las que considera creíble la inicial confesión del acusado y sin embargo se apartan de las ulteriores versiones del acusado”. A este respecto, el jurado no dio veracidad a la segunda versión que dio el acusado, ya en el juicio, que aseguraba que  la víctima sufrió un asalto en el domicilio familiar por unos individuos que acabaron con su vida para poder hacerse con una cantidad económica que guardaba en unos sobres; ello en base a una inspección ocular, declaración de los agentes y la autopsia del cuerpo. “Resulta incuestionable que el jurado ha explicado las pruebas y los elementos de convicción que le llevan a afirmar la autoría y el desarrollo de los elementos de prueba que le llevan a concluir cómo se desarrollaron los hechos y en la extensión mínima que puede exigírsele al jurado en estos casos”. En otra declaración, además, el acusado aseguró que actuó así ante un ataque previo de su mujer.

También, el recurso cuestiona la alevosía, aunque el Alto Tribunal deja declaro este agravante dado que el acusado y su mujer se encontraban solos en su casa y la golpeó “con su martillo por detrás y luego introduciendo en su cabeza una bolsa de plástico que ató con cinta adhesiva y asimismo atando sus muñecas y tobillos con una cuerda de tender imposibilitando cualquier tipo de defensa de la perjudicada que por dicha causa, acabó muriendo por asfixia”.

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