Condenada una joven por acosar a otra mujer que no quería ser su pareja
La Jueza titular del Juzgado de lo Penal de Córdoba ha sentenciado a una mujer a pagar una multa y a la prohibición de acercarse a una antigua amiga que puso fin a su amistad cuando rechazó entablar una relación sentimental.
Según la sentencia, facilitada por el bufete Osuna Abogados, la jueza consideró probado un delito de acoso. Por ello, impuso a la denunciada una multa de seis meses, consistente en un pago diario de seis euros (un total de 1.080 euros), además de prohibirle acercarse al domicilio, lugar de trabajo u otros espacios frecuentados por la víctima y comunicarse con ella por cualquier medio durante un periodo de 18 meses.
La resolución judicial, ya firme, detalla que la acusada le confesó a la víctima que llevaba años enamorada de ella y que, tras el rechazo, empezó a divulgar en redes sociales y mensajes privados que su examiga era “una mala persona, falsa y manipuladora”. Al ser bloqueada por la víctima, recurrió a otros métodos para hacerle llegar mensajes, utilizando los teléfonos de familiares y amigos, realizando llamadas desde números ocultos e incluso empleando la cuenta de Instagram de un sobrino.
Además, en una ocasión se presentó en un local donde la denunciante estaba reunida con amigas, mostrando una actitud insistente y agresiva para forzar el diálogo. También visitó dos veces el domicilio de la víctima; en una de esas visitas, realizó afirmaciones falsas relacionadas con su vida sentimental.
La magistrada concluyó que estas acciones generaron en la víctima un profundo malestar y estrés, hasta el punto de verse obligada a cambiar de ubicación su negocio para evitar el acoso.
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