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Una administrativa de Córdoba logra la incapacidad total tras tres operaciones fallidas de túnel carpiano

Imagen de una administrativa.

Alejandra Luque

21 de septiembre de 2025 20:35 h

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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha estimado parcialmente el recurso presentado por una trabajadora cordobesa y ha reconocido su derecho a una incapacidad permanente total derivada de enfermedad común, tras una larga batalla judicial contra la Seguridad Social y varias mutuas. La resolución revoca, en parte, la decisión del Juzgado de lo Social número 5 de Córdoba, que en 2022 había rechazado sus pretensiones.

La demandante, de profesión administrativa, comenzó a padecer serios problemas de salud relacionados con el síndrome del túnel carpiano en su mano derecha, por lo que tuvo que ser intervenida quirúrgicamente en tres ocasiones entre 2020 y 2022. Pese a las operaciones, las secuelas -principalmente dolor, calambres, pérdida de fuerza y hormigueo en la mano derecha- impidieron que pudiera retomar con normalidad las funciones propias de su puesto, en el que debía usar de manera constante el teclado y el ratón.

Inicialmente, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) denegó su solicitud de incapacidad permanente al considerar que aún existían posibilidades de recuperación mediante rehabilitación y tratamiento médico. Posteriormente, el Juzgado de lo Social de Córdoba respaldó esta negativa en una sentencia de diciembre de 2022, lo que llevó a la afectada a recurrir al Alto Tribunal andaluz.

En primer lugar, el TSJA ha descartado la concesión de una incapacidad permanente absoluta, que hubiera inhabilitado a esta mujer para ejercer cualquier empleo. Pero, sí ha considerado que la trabajadora debe recibir una pensión por una incapacidad permanente total para su profesión de administrativa. En contra de lo sostenido por la Seguridad Social, el Alto Tribunal andaluz ha defendido que, tras tres intervenciones quirúrgicas sin resultados positivos y la aparición de nuevas complicaciones, como una posible neuropatía del nervio cubital, no puede mantenerse la expectativa de una recuperación suficiente a corto plazo. “La evolución no deja de ser desfavorable, sin expectativa inmediata de mejoría”, señala la sentencia, justificando así la concesión de la prestación solicitada.

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