Absuelta la jefa de Salud Mental del Reina Sofía de la muerte de un paciente
La jueza de la plaza número 4 de la Sección de lo Penal del Tribunal de Instancia de Córdoba ha absuelto de todos los cargos a la directora de la Unidad de Gestión Clínica de Salud Mental del Hospital Reina Sofía, Carmen Prada, que había sido imputada de la muerte de un paciente en 2020. Según ha adelantado El País y ha podido confirmar este periódico, la magistrada no ha considerado probadas las tesis tanto de la acusación particular como de la Fiscalía.
No ha sido hasta media mañana de este lunes cuando la fiscal Carmen Romero ha tenido en sus manos la sentencia. Una vez leída, valorará si el Ministerio Público recurrirá o no el fallo. Prada se sentó en el banquillo de los acusados el pasado mes de abril. Durante cuatro sesiones, la Fiscalía, la acusación particular y la defensa pudieron interrogar no solo a la procesada, sino también a familiares del fallecido, médicos y facultativos del Reina Sofía, y peritos.
La resolución judicial determina que Prada prestó sus servicios profesionales en la sanidad pública aplicando un diagnóstico en concordancia con el resto de especialistas que atendieron al paciente y empleando adecuadamente los recursos y protocolos asistenciales disponibles. La jueza ha concluido que la actuación de la psiquiatra no incurrió en falta de seguimiento ni en desatención médica.
Este proceso penal se derivó del fallecimiento de un paciente en junio de 2020. Durante el juicio, la magistrada pidió que no se hablara de suicidio. De hecho, Prada negó que el paciente tuviera una voluntad real de quitarse la vida. Según la acusada, el fallecimiento del joven y sus crisis previas no respondían a un perfil autolítico, sino a una “situación de impulsividad y de riesgo” derivada de un estilo de vida marcado por el consumo de sustancias.
En la última sesión del juicio, la Fiscalía mantuvo una petición de dos años de cárcel e inhabilitación profesional por los delitos de homicidio imprudente y denegación de asistencia sanitaria. Por su parte, la acusación particular en representación de la familia reclamaba penas que alcanzaban los cuatro años de prisión, además de solicitar una indemnización de 755.000 euros en concepto de responsabilidad civil.
Durante toda la vista oral, Prada rechazó toda negligencia o mala praxis, subrayando que no constaban evidencias ni indicadores de riesgo suicida en las evaluaciones clínicas del paciente y que se respetó en todo momento el marco normativo sobre ingresos involuntarios y atención psiquiátrica.
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