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Trabajadores acusados por el caso de fraude en la joyería dicen desconocer los aspectos contables

Macrojuicio del caso 'Fénix' | MADERO CUBERO

Redacción Cordópolis

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Trabajadores acusados en el caso Fénix, en el que se investiga en Córdoba un supuesto fraude de más de 150 millones de euros a Hacienda entre los ejercicios 2002 y 2006 en el sector de la joyería, han manifestado este jueves ante la juez que desconocían los aspectos contables y la estructura financiera de la empresa del padre del principal procesado en esta causa, ya fallecido y que estaba también acusado, radicada en Barcelona.

Así lo han defendido durante las declaraciones en el juicio del Juzgado de lo Penal número 4 de Córdoba, que continuará el martes de la próxima semana con los testimonios de más procesados en esta causa, iniciada hace unos 13 años y por la que se sientan en el banquillo 96 acusados, después de que han muerto algunos y otros se encuentran internos en residencias.

Al respecto, uno de los conductores que trasladaban el oro a otras empresas y recogía documentación ha detallado que su jefe era el citado progenitor y contaba con una nómina de 1.080 euros al principio y hasta 1.200 euros en la última época. Entre sus funciones también estaba laminar oro y todos sus gastos, incluidos los de un piso de alquiler en Córdoba durante unos meses, los afrontó la empresa en cuestión. Según ha dicho, “no tenía capacidad de decidir en las operaciones de la empresa”.

Por otra parte, otro empleado acusado ha explicado que trabajaba desde 1990 para el padre del principal acusado como vendedor de oro en la zona de Valencia, para lo cual cobraba “unas 250.000 pesetas”. Según ha expuesto, él se dedicaba a la entrega del metal que habían comprado mayoristas y fabricantes y para cobrar recibía “dos precios, el de contado y aplazado”, con una diferencia en éste último caso, que en funcion de los días era más cantidad por los intereses.

En este sentido, ha precisado que cuando recibía el oro por transportistas lo repartía a los clientes y cobraba, a veces en efectivo y otras por talón, que posteriormente enviaba por transportistas a la empresa en Barcelona, en algunas ocasiones en paquetes con papeles y en otras en bolsas de deporte, aunque sin saber el destino del dinero.

Según ha relatado, alguna vez faltó dinero y él tuvo que ponerlo, a la vez que no recibía comisión por la venta del oro. También, ha remarcado que él no ha tenido capacidad de decisión en la empresa y que no sabe por qué aparecen en una entidad bancaria ingresos de ventas suyas en Córdoba.

Asimismo, ha apuntado que no tenía conocimiento de una investigación en la Audiencia Nacional sobre la empresa del padre del presunto cabecilla, que no conocía al hijo de éste último, ahora principal procesado, y que no sabe nada de la contabilidad de la empresa, de forma que él solo recibía instrucciones y solo tenía “un pequeño margen” para decidir si le pagaban en talón o en metálico en función de la confianza con el cliente, pero nada por transferencias bancarias.

Tras ello, uno de los empresarios acusados ha declarado que en los años 90 montó un sociedad limitada para la venta de oro junto con su esposa, de la que él ha sido el único administrador, puesto que su ahora exmujer nunca ha trabajado, ni ha estado vinculada a ella. Según ha subrayado, “ella nunca ha ido a reuniones”, y no le daba cuenta de los asuntos de la misma.

Además, ha indicado que no tiene “muchos conocimientos de contabilidad”, de modo que firmaba lo que le decía el gestor, y que nunca ha sido fabricante, solo vendedor. Desde el año 2003 era cliente de la empresa del padre del principal procesado con la compra de oro con “dos precios, uno al contado y otro en diferido”, que luego vendía a fabricantes de joyas, quienes le pagaban “una parte en metal y otra con dinero”, según su declaración.

Igualmente, ha aclarado que él no ha tenido precios “en B ni C”, sino que siempre ha pagado con facturas, y considera que en las anotaciones de la Agencia Tributaria “hay cosas imposibles”, porque nunca ha comprado oro el mismo día dos veces, dado que compraba “siempre semanalmente o cada dos semanas”, según ha defendido, para apostillar que nunca ha comprado sin factura. También, ha agregado que la contabilidad de su empresa era externa al no tener conocimientos contables y que nunca ha tratado con el padre ni el hijo acusados en este caso.

Y la exmujer de dicho empresario ha aseverado que no tiene claro por qué viene al juicio como acusada, porque ella era “peluquera” y “no gestionaba la empresa de joyería”, a la que, según ha dicho, “no iba”, y por la que no ha tenido retribución alguna.

Cabe recordar que el principal acusado en el juicio, el hijo del procesado ya fallecido al que se ha hecho referencia, ha manifestado que la única relación con el departamento financiero era verificar si las cantidades cerradas en las operaciones de compraventa de oro telefónicamente eran correctas o no, después de recibir un fax con las mismas para su confirmación.

Después de advertir de los márgenes de beneficios “tan bajos” en este negocio, el hombre ha abundado en que jamás se reunió con el departamento financiero para tratar temas relacionados con la contabilidad, a lo que ha agregado que su “única obsesión” era el precio, “intentar arañar unos céntimos por debajo del precio de coste”, y ha expresado que no tenía “ningún beneficio” en las compraventas.

Así, ha negado que, junto con su padre, impulsaran crear una trama para evitar pagar impuestos en la compraventa de oro. Según ha expuesto, desde antes de 2002, en el año 1995, trabaja en el sector de los metales preciosos, para lo cual se incorporó a la empresa donde trabajaba su padre y lo hizo como “analista financiero” en el mercado del oro.

El Ministerio Público considera que los hechos son constitutivos de 96 delitos fiscales, de los que acusa a 96 personas, de las que siete de ellas son procesadas por el total de delitos, entre ellas el hijo del presunto cabecilla de la trama, P.J.R.F., que se enfrenta a penas de unos 384 años de cárcel, mientras que las penas más bajas que pide la fiscal son de dos años de prisión para siete acusados. La Fiscalía pide para el citado procesado penas de cuatro años de cárcel por cada uno de los delitos.

Esta operación se inició en 2006 a raíz de que la Inspección de la Agencia Tributaria de Córdoba y Barcelona detectó numerosas irregularidades. Las investigaciones posteriores de la Brigada de Delincuencia Económica y Fiscal y del Grupo de Crimen Organizado de la Policía de Córdoba y Barcelona --que llegaron a sumar unos cien agentes a la vez en estas tareas-- dieron como resultado el descubrimiento de los responsables de las defraudaciones y su detención.

La sociedad principal, de la que formaban parte los cabecillas, radicada en Barcelona, supuestamente se dedicaba a importar desde Suiza oro fino de 999,9 milésimas, que vendía sin transformarlo a mayoristas y fabricantes de joyería, gran parte de ellos residentes en Andalucía, y sobre todo, en Córdoba.

La empresa presuntamente hacía figurar como destinatarios a otras sociedades creadas por ella misma, con lo que al tiempo que justificaba sus ventas supuestamente ocultaba a los verdaderos destinatarios, que no aparecían en las facturas y eludían de esta forma el pago de impuestos, tanto por las ventas en la imposición indirecta --IVA--, como por los beneficios en la imposición directa --IRPF o Impuesto de Sociedades--.

La mercantil catalana, para dar satisfacción a sus clientes, que solicitaban que sus compras permanecieran ocultas y así poder justificar a su vez sus ventas, presuntamente creaba sociedades interpuestas a las que formalmente vendía el oro sin factura a sus clientes, siendo los fabricantes de joyería y mayoristas sus destinatarios. Estos últimos lo revendían posteriormente, también sin factura, a otros fabricantes, según la investigación.

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