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El subdelegado dice que “no había motivo para prohibir” el homenaje a Franco en Lucena

Fotografía de un homenaje franquista en Lucena celebrado en 2015.

Redacción Cordópolis

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El subdelegado del Gobierno en Córdoba, Juan José Primo Jurado, ha destacado este jueves que “no había ningún motivo para prohibir” el acto de homenaje a Franco celebrado el martes en Lucena, organizado por Fuerza Nueva, y que Andalucía, Entre Tod@s ha denunciado ante la Fiscalía y el juzgado de guardia por considerarlo una “conmemoración del jefe de Estado del régimen dictatorial franquista”.

En declaraciones a los periodistas, el representante del Ejecutivo central en la provincia ha explicado que se recibió la comunicación de dicho acto en la Subdelegación del Gobierno, “se hizo la valoración y se consultó al Ayuntamiento de Lucena”.

En este sentido, ha detallado que “era en un recinto cerrado, no había problema de tráfico ninguno”, al tiempo que los servicios de información habían dicho a la Subdelegación que “no se preveía ningún tipo de contenido racista y violento”, por lo que “no había ningún motivo para prohibir” el acto, que se celebró sin incidencias, ha resaltado Primo Jurado.

Al respecto, fuentes de la Subdelegación del Gobierno han detallado a Europa Press que el colectivo solicitó celebrar el acto, de manera que “estaba comunicado”, y se autorizó porque “cumplía con lo legalmente establecido”. A tal efecto, se ha realizado una ofrenda con corona por parte de la junta regional de la citada organización ante la cruz del cementerio de Nuestra Señora de Araceli. De este modo, han remarcado que se comunicó como “cualquier otra manifestación o acto” que requiere de permiso de la Subdelegación de Gobierno y “se autorizó” al “cumplir con la legalidad”, han insistido las fuentes.

Competencia para la autorización del acto

Por su parte, el Ayuntamiento de Lucena ha aclarado también este jueves, “en relación a la concentración convocada por Fuerza Nueva en el espacio público de la Cruz del camino del cementerio y la posterior misa en una capilla privada”, actos en los que intervinieron el pasado martes unas 15 personas, que el Consistorio no tiene competencias para la “autorización o confirmación de autorización de dichas actividades”, siendo la Subdelegación del Gobierno la competente para autorizarlas o no.

Así y en un comunicado, el Ayuntamiento de Lucena ha explicado que, “en virtud de la Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio, reguladora del derecho de reunión y la Ley Orgánica 9/1999, de 21 de abril, de modificación de la Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio, reguladora del Derecho de Reunión, ambas plenamente vigentes”, se establecen “cuáles son las verdaderas competencias de unas y otras administraciones en este ámbito”, en concreto “en los artículos 1, 3, 5, 9 y 10”.

En ningún caso, “como se puede observar de la lectura de dichos artículos, los ayuntamientos aparecen como autoridad gubernativa, que es la única responsable en la decisión de suspender, prohibir la reunión o manifestación o, en su caso, proponer la modificación de la fecha, lugar, duración o itinerario de la reunión o manifestación, en caso de entender que puedan producirse alteraciones del orden público, con peligro para personas o bienes”.

También se recoge en la Ley Orgánica 9/1999 que “la autoridad gubernativa notificará al Ayuntamiento... a fin de que éste informe en un plazo de 24 horas sobre las circunstancias del recorrido propuesto”. Además, “el informe se referirá a causas objetivas, tales como el estado de los lugares donde pretenda realizarse, la concurrencia con otros actos, las condiciones de seguridad de los lugares con arreglo a la normativa vigente y otras análogas de índole técnico. En todo caso, el informe no tendrá carácter vinculante y deberá ser motivado”.

Por último, desde el Ayuntamiento de Lucena se quiere aclarar que, “con independencia de lo estipulado en las mencionadas leyes, la Concejalía de Seguridad Ciudadana y Tráfico dio instrucciones oportunas a Policía Local para evitar la formación de caravana de vehículos con megafonía, en base a la Ordenanza Municipal de Tráfico vigente en la ciudad, de modo que dicha caravana -fuera de interés o no de los promotores- no circuló por las calles de Lucena”.

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