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La subdelegada delega en el comisario de la Policía Nacional las competencias en Extranjería

La subdelegada (centro) participa en la clausura de un taller.

Redacción Cordópolis

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La subdelegada del Gobierno central en Córdoba, Rafaela Valenzuela, ha acordado la delegación de sus competencias en materia de Extranjería “en el comisario jefe provincial de Policía de Córdoba y en el jefe de la Brigada Provincial de Extranjería y Fronteras de Córdoba”.

Así lo recoge la resolución que en tal sentido firmó Valenzuela y que ha entrado ya en vigor tras su reciente publicación el Boletín Oficial del Estado (BOE), consultado por Europa Press, argumentando la subdelegada que “las reformas acometidas en la legislación de Extranjería y la aparición de nuevas necesidades en diferentes órganos y, muy principalmente, en los responsables del control de fronteras, hacen aconsejable esta delegación de competencia, siempre con el objetivo de la mejora y eficacia de la actuación administrativa”.

En consecuencia, “y conforme al procedimiento establecido al amparo de los artículos 9 y 12 de Ley 40/2015, de 1 de octubre, y en uso de las competencias atribuidas a la subdelegada del Gobierno por la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, y en el Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba su Reglamento”, Valenzuela ha acordado dicha “delegación de competencias, previa autorización del Ministerio de Política Territorial y Función Pública y del Ministerio del Interior”.

De este modo, según ha precisado la subdelegada en su resolución, “se delegan en el comisario jefe provincial de Policía de Córdoba y en el jefe de la Brigada Provincial de Extranjería y Fronteras de Córdoba la competencia establecida en el artículo 58 de la LO 4/2000, de 11 de enero y en el artículo 23.1 del Reglamento aprobado por el Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, en cuanto a dictar las resoluciones de devolución de ciudadanos extranjeros que habiendo sido expulsados contravengan la prohibición de entrada en España y de aquellos que pretendan entrar irregularmente en el país”.

También les delega Valenzuela la competencia recogida en “el apartado 4 del mismo artículo, en cuanto a solicitar de la autoridad judicial la medida de internamiento en un centro de internamiento si la devolución no se pudiera ejecutar en el plazo de las 72 horas”.

En cualquier caso, Valenzuela ha aclarado en su resolución, publicada en el BOE el pasado 17 de enero, que, “de las resoluciones y solicitudes que se hagan en uso de las competencias delegadas se dará cuenta inmediata a la Subdelegación del Gobierno en Córdoba”.

De igual forma, la subdelegada ha precisado que “las delegaciones de competencias acordadas no supondrán la transferencia de la titularidad de la competencia, sino solamente su ejercicio”, y “siempre que se haga uso de la delegación otorgada en la presente resolución se indicará expresamente esta circunstancia, y las resoluciones que se adopten se considerarán dictadas por el órgano delegante”.

Además, “la delegación será revocable en cualquier momento y no podrán delegarse las atribuciones que la misma confiere” y, de igual forma, “las competencias delegadas por medio de la presente resolución podrán ser objeto de avocación en cualquier momento por el órgano delegante, de conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

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